MATERIAL DIVULGATIVO DE Sistema Tributario Español

Procedimiento de Verificación de Datos

Iniciación:

El procedimiento de verificación de datos se podrá iniciar mediante requerimiento de la Administración para que el obligado tributario  aclare o justifique la discrepancia observada o los datos relativos a su declaración o autoliquidación, o mediante la notificación de la propuesta de liquidación cuando la Administración tributaria cuente con datos suficientes para formularla.

Tramitación:

Cuando el obligado tributario manifieste su disconformidad con los datos que obren en poder de la Administración, se aplicará lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 108 dela LGT

Con carácter previo a la práctica de la liquidación provisional, la Administración deberá comunicar al obligado tributario la propuesta de liquidación para que alegaciones.

La propuesta de liquidación provisional deberá ser en todo caso motivada con una referencia breve a los hechos y fundamentos de derecho que hayan sido tenidos en cuenta  en la misma.

Terminación del procedimiento:

  1. Por resolución en la que se indique que no procede practicar liquidación provisional o en la que se corrijan los defectos advertidos.
  2. Por liquidación provisional, que deberá ser en todo caso motivada con una referencia breve a los hechos y fundamentos de derecho que se hayan tenido en cuenta en la misma.
  3. Por la subsanación, aclaración o justificación de la discrepancia o del dato objeto del requerimiento por parte del obligado tributario.
  4. Por caducidad, una vez transcurrido el plazo regulado en el artículo 104 de esta ley sin haberse notificado liquidación provisional, sin perjuicio de que la Administración también pueda iniciar de nuevo este procedimiento dentro del plazo de prescripción.
  5. Por el inicio de un procedimiento de comprobación limitada o de inspección que incluya el objeto del procedimiento de verificación de datos.

La verificación de datos no impedirá la posterior comprobación del objeto de la misma

Artículos de Tribuna INEAF relacionados

¿Sabes si realmente puedes aplicar la deducción por descendientes con discapacidad?
Tribuna Fiscal
23/06/2025
Cómo ahorrar dinero hoy con hábitos que sí funcionan
Tribuna Contable
20/06/2025
Cuándo la deducción por vivienda habitual es indebida
Tribuna Fiscal
20/06/2025