Adquisiciones mortis causa
Establecidas de acuerdo con lo dispuesto en:
1) Empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades
► El adquirente que se adjudique la empresa individual o el negocio profesional; en caso de participaciones, los adjudicatarios de las mismas el 99% de su valor
Requisitos:
Incompatibilidad:
Establecidas de acuerdo con lo dispuesto en:
Grupo I
► Adquisiciones mortis causa por sujetos pasivos incluidos en el Grupo I del artículo 20 (20.2.a) de la Ley 29/1987 (descendientes y adoptados menores de 21 años) el 99% de la cuota.
Grupo II
► Adquisiciones mortis causa por sujetos pasivos incluidos en el Grupo II del artículo 20 (20.2.a) de la Ley 29/1987 (descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuges, ascendientes y adoptantes) el 99% de la cuota.
Requisitos: