MATERIAL DIVULGATIVO DE Sistema Tributario Español

Devengo del impuesto

El devengo del impuesto se produce en el momento en que se origina el hecho imponible del IVA, independientemente del flujo de cobros y pagos, pudiendo o no coincidir con ellos.

Se produce el devengo según sean entregas de bienes, prestaciones de servicios, adquisiciones intracomunitarias o importaciones.

Ejemplo:

El proveedor “X” distribuye a la empresa “Y” un palé de madera en enero, pagadero en febrero.

La empresa “Y” todavía no ha pagado el palé -lo hará en febrero- pero el momento del devengo es en enero, que es cuando se ha producido el hecho imponible, es decir la entrega efectiva de un bien.

 

Artículos de Tribuna INEAF relacionados

Abierto el plazo del Verano Joven 2026: descuentos de hasta el 90%
smi
17/06/2026
Festivo en sábado: ¿tienes derecho a otro día libre?
Tribuna Laboral
16/06/2026
Auditoría financiera: qué es, objetivos y cuándo es obligatoria
Tribuna Contable
16/06/2026