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Comunicado COVID-19
Seguimos trabajando y atendiendo a alumnos actuales y futuros
Ampliar informaciónSegún el artículo 29 de la Ley General Tributaria, son obligaciones tributarias formales las que, sin tener carácter pecuniario, son impuestas por la normativa tributaria o aduanera a los obligados tributarios, deudores o no del tributo, y cuyo cumplimiento está relacionado con el desarrollo de actuaciones o procedimientos tributarios o aduaneros.
Además de las restantes que puedan legalmente establecerse, los obligados tributarios deberán cumplir las siguientes obligaciones: