Una provisión es un fondo que se dota como “Gasto” en la contabilidad para prever un posible desembolso futuro como consecuencia de la depreciación de un activo considerado como bien o como derecho que resulte indeterminado respecto a su importe o a la fecha en que se cancelará.
Según el Plan General Contable, las provisiones son obligaciones expresas o tácitas a largo plazo, claramente especificadas en cuanto a su naturaleza, pero que, en la fecha de cierre del ejercicio, son indeterminadas en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que se producirán.
Según la naturaleza de la provisión, podrá ser gasto fiscalmente deducible o no.
Según el artículo 13 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades desde una perspectiva negativa explica que provisiones son fiscalmente deducibles. Es decir, aquellas que no contempla dicho artículo.
Por tanto, no serán fiscalmente deducibles: