MATERIAL DIVULGATIVO DE Sistema Tributario Español

Donaciones. Madrid

1. Reducciones en la Base Imponible: Madrid

Donaciones y adquisiciones ínter vivos

Se aplican las reducciones de la normativa estatal en las siguientes adquisiciones ínter vivos:

Adquisiciones ínter vivos de participaciones en empresa individual, negocio profesional o entidades. Se aplicará una reducción del 95%.

Adquisición ínter vivos de bienes integrantes del patrimonio histórico artístico. Se aplicará una reducción del 95%.

 

2. Coeficiente multiplicador: Madrid

Adquisiciones ínter vivos

Para la determinación de la cuota tributaria los coeficientes multiplicadores que hay que aplicar sobre la cuota íntegra previamente obtenida son los siguientes:

Patrimonio preexistente (euros)

Relación de parentesco grupos

Grupos I y II

Grupo III

Grupo IV

De 0 a 403.000

1

1,5882

2

De 403.000 a 2.008,000

1,05

1,6676

2,1

De más de 2.008.000 a 4.021.000

1,10

1,7471

2,2

De más de 4.021.000

1,20

1,9059

2,4

Bonificación en adquisiciones ínter vivos:

En este supuesto, el sujeto pasivo que quede encuadrado en el grupo I o II de parentesco puede aplicar, igualmente, una bonificación del 99% sobre la cuota correspondiente.

 

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