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El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Baleares

 

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un impuesto cedido por el Estado a la comunidad autónoma que grava los incrementos de patrimonio a título gratuito (herencia, legado, donación y seguros de vida no sujetos a IRPF) de las personas físicas y cuya gestión y recaudación corresponde al Gobierno de las Illes Balears, cuando el causante de las transmisiones "mortis causa" tuvo su residencia habitual en territorio de las Illes Balears , cuando los bienes inmuebles donados radiquen en territorio de las Illes Balears o cuando el donatario tenga su residencia habitual en esta comunidad autónoma en los demás supuestos de donación de otros bienes y derechos.

Es importante tener en cuenta las previsiones de la Ley 22/2006, de 19 de diciembre, de reforma del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

En la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la normativa propia del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) establece a lo largo de su articulado un amplio abanico de reducciones aplicables a la base imponible del impuesto.

La letra pequeña cambia. Te avisamos antes.

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