MATERIAL DIVULGATIVO DE Sistema Tributario Español

Hecho imponible

Constituye el hecho imponible la obtención de renta por el contribuyente (artículo 6 Ley IRPF).

Componen la renta del contribuyente:

  • Los rendimientos del trabajo.
  • Los rendimientos del capital.
  • Los rendimientos de las actividades económicas.
  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Las imputaciones de renta que se establezcan por ley.

A efectos de la determinación de la base imponible y del cálculo del Impuesto, la renta se clasificará en general y del ahorro.

No estará sujeta a este impuesto la renta que se encuentre sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Se presumirán retribuidas, salvo prueba en contrario, las prestaciones de bienes, derechos o servicios susceptibles de generar rendimientos del trabajo o del capital.

 

La letra pequeña cambia. Te avisamos antes.

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