MATERIAL DIVULGATIVO DE Sistema Tributario Español

Ámbito de aplicación

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se aplicará en todo el territorio español. Lo dispuesto, se entenderá sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico en vigor, respectivamente, en los Territorios Históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.

En Canarias, Ceuta y Melilla se tendrán en cuenta las especialidades previstas en su normativa específica y en esta Ley (artículo 4 Ley IRPF).

 

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