Ley de Segunda Oportunidad 2025: requisitos, fases y cómo cancelar tus deudas legalmente

Ley de segunda oportunidad

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9/04/2025

Supongamos que arrastras deudas desde hace años. Has intentado pagar, has recortado gastos, has renegociado con el banco… pero por más vueltas que das, no puedes salir de esa situación económica. El dinero no alcanza, y cada mes es una carrera de obstáculos.

Ahora imagina que la ley te ofrece un respiro. Una forma real de cancelar esas deudas legalmente que te asfixian. Eso es, precisamente, lo que permite la Ley de Segunda Oportunidad, recogida en la Ley 25/2015 de 28 de julio, también conocida como Ley 25/2015 de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. 

Se trata de un mecanismo pensado para personas físicas como tú o como yo. Gente que no ha actuado con mala fe, que simplemente en este momento no puede afrontar sus pagos, y que necesita volver a empezar sin estar perseguida de por vida por sus acreedores.

En este artículo hablamos sobre ello y sobre las actualizaciones que se esperan para este 2025.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar buena parte de sus deudas cuando ya no tienen capacidad para hacerles frente. Es un proceso de exoneración de deudas incluido dentro del marco de la ley concursal española.

No es algo nuevo, pero desde su reforma en 2022, el proceso es más directo y mucho más accesible.
Lo mejor es que no necesitas ser una gran empresa ni tener asesoría fiscal propia. Puedes solicitarlo como persona física y recuperar el control de tu vida económica.

¿El objetivo? Dar una salida razonable al sobreendeudamiento, promoviendo una segunda oportunidad a deudores en España que quieren regularizar su situación y empezar de nuevo. Porque sí, equivocarse o venirse abajo no debería condenarte de por vida.

Y aunque en 2025 no ha habido una nueva reforma legal, sí hay una novedad clave que influye directamente en cómo se aplica esta ley: una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que marca un antes y un después.

La buena fe, bajo lupa

En esta sentencia del TJUE de noviembre de 2024, se ha reforzado el criterio de “buena fe” como puerta de entrada a la exoneración del pasivo insatisfecho, o dicho de otra forma, a la exoneración de deudas.

De manera que se ha vuelto más exigente: no basta con demostrar que no actuaste con mala intención.

Ahora también puede excluirse de este beneficio a quienes hayan sido negligentes. ¿Qué quiere decir esto? Que aunque no hayas querido engañar a nadie, si tomaste decisiones financieras imprudentes (como endeudarte sin previsión, no haber controlado tus gastos o ignorado tus obligaciones), podrías quedar fuera del perdón de las deudas.

Esto añade un nuevo matiz a la ley: la responsabilidad personal del deudor, aunque no sea culpable en sentido penal, sí puede influir en el resultado de su solicitud.

En 2025, se espera que los jueces analicen con más detalle el comportamiento del solicitante y que los asesores legales tengan que justificar con más precisión la conducta económica de su cliente.

¿Qué deudas se pueden cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad?

La mayoría de las deudas personales, como préstamos bancarios, tarjetas de crédito (incluidas las temidas revolving), microcréditos o avales, pueden quedar exoneradas si cumples los requisitos.

Sin embargo, otro punto reforzado por la sentencia del TJUE es que los Estados miembros pueden seguir excluyendo las deudas públicas de este proceso, como las que se tienen con Hacienda o la Seguridad Social.
España ya lo hace, y el TJUE ha validado este enfoque siempre que haya justificación clara y se respete el principio de proporcionalidad. Es decir, se pueden excluir, pero no de forma arbitraria ni desmedida.

Por tanto, en 2025, es muy probable que sigamos viendo cómo las deudas con la Agencia Tributaria o la Seguridad Social solo se reducen parcialmente o se reestructuran mediante un plan de pagos, pero difícilmente se eliminan del todo.

Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

No todo el mundo puede acogerse a esta ley, pero los requisitos para acogerte no son imposibles. Traducido a lenguaje claro, esto es lo que se pide:

  • Que seas persona física, ya sea particular o autónomo.
  • Que no puedas pagar tus deudas con tus ingresos ni con tu patrimonio actual presente o futuro.
  • Que no hayas sido condenado por delitos económicos, falsedad documental o contra la Hacienda Pública en los últimos años.
  • Que no hayas ocultado bienes ni creado deudas de forma intencionada.
  • Que no te hayas acogido a esta ley en los últimos 5 años.
  • Que hayas intentado pagar de algún modo, aunque no lo hayas conseguido del todo.

Las empresas no pueden acogerse a esta ley, pero sí pueden iniciar un procedimiento de concurso de creedores dentro de la ley concursal general.

¿Cómo funciona el procedimiento para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Acogerse a esta ley puede parecer un proceso largo y técnico, pero en realidad sigue una estructura bastante lógica. Lo importante es ir paso a paso, con buen asesoramiento y los papeles en orden. Aquí te explicamos cómo funciona en la práctica.

Primero, hay que preparar toda la documentación que acredite tu situación: deudas, ingresos, bienes, contratos, préstamos… Cuanto más claro esté todo desde el principio, más rápido y fluido será el proceso.

Después, viene la solicitud ante el juzgado mercantil, que es quien revisa tu caso y decide si reúnes los requisitos para empezar. A partir de ahí, el procedimiento puede seguir distintos caminos, pero todos tienen un mismo objetivo: permitirte dejar atrás tus deudas.

Y por último, si todo va bien, llega el momento más esperado: la exoneración. Puede hacerse de tres maneras, según tu situación económica:

  • Eliminación total de las deudas si no tienes bienes ni ingresos suficientes. (Exoneración directa)
  • Cancelación con liquidación, si se venden algunos activos para saldar una parte. (Exoneración con liquidación)
  • Plan de pagos asequible, si puedes asumir una parte de la deuda en los próximos tres años.

¿Cuánto tarda la Ley de Segunda Oportunidad?

Este tipo de plazos son aproximados, pero para la recopilación de la documentación que presentarás en el juzgado, la cual demostrará tu situación de insolvencia, se suele estimar un periodo de 2 a 4 semanas.

Una vez presentada la solicitud ante el juzgado mercantil se estima una duración de entre 3 a 6 meses para que el juzgado evalúe si cumples los requisitos y abra el procedimiento. Finalmente, estaría la resolución con la cancelación de las deudas, si así lo considera el juez.

¿Merece la pena acogerse a esta ley en 2025?

Sí, pero con matices. La Ley de Segunda Oportunidad no es un “borrón y cuenta nueva” automático. Es una vía legal seria, pensada para quien ha llegado a una situación insostenible, pero que ha hecho lo posible por evitarla.

Ahora, con el nuevo criterio europeo, no se trata solo de demostrar que no eres un estafador, sino también que has sido una persona responsable en lo posible.

Y eso hace que el asesoramiento profesional y la preparación del caso sean más importantes que nunca. No obstante, si estás dispuesto a asumir este proceso, las ventajas de la ley de segunda oportunidad son enormes.

  • Cancelar gran parte de tus deudas
  • Salir de los registros de morosos
  • Te libras de embargos
  • Recuperas tu tranquilidad mental
  • Y, lo más importante, puedes volver a empezar de nuevo sin sentirte atrapado

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