Proyecto de Ley de Función Pública

Proyecto de Ley de Función Pública

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28/03/2023

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado bajo una frase clave para la administración y también para todos los ciudadanos “modernizar y mejorar la organización de la Administración”.

Y es que reformar las Administraciones Públicas y buscar esa modernización de los servicios públicos no es algo de reciente solicitud por parte de la ciudadanía. Tal es así que su tramitación parlamentaria se ha solicitado que se haga mediante un procedimiento de urgencia.

Con este texto se resaltan cuatro aspectos:

El primero, ya comentado, modernizar y mejorar la organización de la Administración.

El segundo, cumplir con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR),

El tercero, desarrollar los aspectos más relevantes del Estatuto Básico del Empleado Público.

El cuarto, atender a las peticiones sociales, negociaciones y acuerdo con los sindicatos.

Ámbitos que se pretenden reforzar con el proyecto de Ley de Función Pública

Las aportaciones recibidas mediante el proceso de información pública han permitido el enriquecimiento de la redacción de la futura ley, gracias a ese enfoque más social y participativo. Con esta ley se refuerzan diversos ámbitos:

  • Perspectiva de género.
  • Evaluación del desempeño.
  • Más derechos para el personal de la Administración Pública.
  • Creación del Grupo B.
  • Profundización en el diálogo social.

Perspectiva de género

Uno de los aspectos que se pretenden reforzar con el proyecto de Ley de Función Pública es el principio de igualdad como elemento transversal y garantista de la no discriminación entre mujeres y hombres, así como de fomento de la perspectiva de género.

¿Qué se busca cuando se habla de perspectiva de género en esta futura ley?

Se pretende que esta igualdad de trato y no discriminación entre hombres y mujeres al servicio de la Administración del Estado esté presente en toda su vida profesional, en base a la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y no discriminación.

Además, dentro de esta igualdad se busca el refuerzo y el cumplimiento de los siguientes aspectos:

  • Igualdad retributiva desde la perspectiva de género.
  • Tolerancia cero frente a la violencia de género o la violencia sexual, considerando estas actuaciones como faltas muy graves.
  • Establecimiento de planes de igualdad, refuerzo de las unidades de igualdad y de las unidades de inclusión.

Evaluación del desempeño con el proyecto de Ley de Función Pública

Otra de las novedades es la evaluación del desempeño como medida de incentivo, es decir, que los buenos resultados tengan un reconocimiento.

Hay que decir que la evaluación del desempeño ya estaba contemplada en el Estatuto Básico del Empleado Público, pero lo que se pretende ahora es eliminar los efectos negativos y usarla como una forma de mejores prácticas dentro de la Administración.

 Lo que se persigue con esto es hacer una valoración periódica de la conducta y de los logros de los empleados públicos, pero que no va a suponer el despido ni la pérdida de la condición de empleado público, sino una medida de incentivo y reconocimiento por el trabajo bien hecho, incorporando tanto objetivos individuales como colectivos con la finalidad de fomentar el trabajo en equipo, así como la mejora de la comunicación y de los procedimientos.

De hecho, de aplicarse, contaría con la percepción de un complemento de desempleo variable y no consolidable, sustituyendo al complemento de productividad.

¿Y cómo se pretenden llevar a cabo estas evaluaciones del desempeño?

Bajo la creación de comisiones de seguimiento para valorar esos procesos, para garantizar así la transparencia y objetividad; y contando a su vez con la participación de organizaciones sindicales.

Más derechos para el personal de la Administración Pública

Asimismo, otro de los aspectos clave que prevé la futura norma es el incremento de los derechos para los empleados y empleadas públicas incorporando las siguientes novedades:

  • Equiparar las parejas de hecho registradas oficialmente a los cónyuges unidos en matrimonio, homologando el acceso a permisos o situaciones administrativas.
  • Publicar las convocatorias de ingreso en el mismo año natural que la Oferta de Empleo Público de la que cuelguen o que finalicen los procesos selectivos con un límite máximo de dos años desde la publicación de la convocatoria.
  • Incluir un 30% de plazas para promoción interna.
  • Reconocer la movilidad antes de dos años y reducir a 4 años el periodo de servicios prestados para acceder a la movilidad interadministrativa.
  • Reforzar las medidas para la conciliación pudiendo, por ejemplo, acumular en jornadas completas el permiso de reducción de jornada hasta un 50% para cuidar un familiar.

Lo que se busca es esa modernización y mejora de las condiciones de empleo.

Creación del Grupo B

Por otro parte, el proyecto de Ley de Función Pública prevé la creación del Grupo B y de tres Cuerpos y Escalas adscritos a este grupo:

  • El cuerpo Técnico Informático.
  • La escala Técnica Medioambiental.
  • El cuerpo de Delineantes.

¿Y por qué se quieren crear este grupo y cuerpos?

Básicamente, para contribuir al desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos, asegurando convocatoria de procesos de promoción interna y permitiendo el acceso a estos cuerpos y escalas del personal funcionario que cuente con la titulación correspondiente.

Profundización en el diálogo social

Por último, otro cambio destacable es la acentuación del diálogo social para avanzar en la modernización y en la reforma de las Administraciones Públicas, teniendo la negociación colectiva como elemento transversal del modelo de prestación del servicio público.

Esperemos que con este desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público después de 16 años, se consiga esa modernización y transparencia de los servicios públicos.

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