La tributación por IPSI en las obras realizadas en Ceuta y Melilla (V de V)

IPSI

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16/10/2018

La reforma de la Ley del IPSI y de las Ordenanzas Fiscales

Se ha propuesto desde el ámbito científico una reforma más profunda debido a la “defectuosa técnica aplicativa del IPSI”, advirtiendo este sector de que la “actual mecánica aplicativa del IPSI no se adecúa al esquema del IVA, ni tampoco al de los Impuestos Especiales” (así lo describe Cecilio Gómez Cabrera, Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Granada). Un punto interesante es el hecho de que la Ley del IPSI no conoce un derecho general a la deducción de las cuotas soportadas, lo cual, en opinión de algunos autores, genera un pernicioso “efecto cascada” que incrementa los costes de producción y altera los precios, haciendo que los productos locales sean menos competitivos.

De hecho, la Ley del IPSI lleva un tiempo considerable sin haber sufrido modificaciones sustanciales, y si nos vamos al BOE, la última modificación del texto consolidado data del mes de julio de 2013. No obstante, ha sido un tema en publicaciones recientes (entre otros, una “reforma” del IPSI en orden a aumentar la recaudación en las importaciones, sobre todo de ropa china, para su posterior transporte a Marruecos, introduciendo un criterio que permite aumentar la base imponible de estos productos en función del peso de la mercancía).

En cuanto a las Ordenanzas fiscales reguladoras del IPSI, podemos destacar una serie de modificaciones recientes en Ceuta y Melilla en torno a las reglas sobre la base imponible y los tipos impositivos de algunos productos:

  1. Ceuta: “Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI)”, publicada en el Boletín Oficial Ciudad de Ceuta (BOCCE) de 9.3.2018, pp. 2901 a 2948: Modificaciones de los artículos 28, 33.Uno, 61, 89, 91 de la Ordenanza).
  2. Ceuta: “Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI)”, publicada en el Boletín Oficial Ciudad de Ceuta (BOCCE) de 28.5.2018, pp. 823: Modificación del artículo 33.Dos de la Ordenanza).
  3. Ceuta: “Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI)”, publicada en el Boletín Oficial Ciudad de Ceuta (BOCCE) de 28.5.2018, pp. 824: Modificación del artículo 91 de la Ordenanza, mediante la inclusión de un nuevo apartado Ocho, sobre la creación del Registro de Importaciones de la Ciudad de Ceuta, como instrumento electrónico de la gestión del impuesto).
  4. Melilla: Anuncio Decreto de aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (Modalidad Importación y Gravámenes Complementarios aplicables sobre las labores del Tabaco y Ciertos Carburantes y Combustibles), publicado en el Boletín Oficial de Melilla (BOME) extraordinario número 15, de 18.7.2018. De este modo, la ciudad de Melilla dispone de una Ordenanza IPSI completamente actualizada.

Aquí concluye nuestra serie de 5 tribunas prácticas sobre la tributación por IPSI de las obras realizadas en Ceuta y Melilla.

Vease: “La tributación por IPSI en obras realizadas en Ceuta y Melilla (I de V)”

Vease: “La tributación por IPSI en obras realizadas en Ceuta y Melilla (II de V)”

Vease:“La tributación por IPSI en obras realizadas en Ceuta y Melilla (III de V)”

Vease:“La tributación por IPSI en obras realizadas en Ceuta y Melilla (IV de V)”

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