Nuevo permiso retribuido para la donación de órganos

Permiso retribuido para la donación de órganos

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30/01/2025

La Ley 6/2024, de 20 de diciembre, ha introducido significativos avances en la protección de los donantes vivos de órganos y tejidos. Esta Ley responde a la necesidad de garantizar derechos laborales y sociales para quienes realizan un acto de generosidad tan esencial como la donación de órganos. A lo largo de este artículo, se analiza el marco jurídico que sustenta este nuevo permiso retribuido para la donación de órganos.

Contexto y justificación de la medida

El aumento de la demanda de órganos y tejidos para trasplantes en nuestro país ha sido un factor determinante para la aprobación del nuevo del nuevo permiso retribuido para la donación de órganos. Aunque España se encuentra entre los líderes mundiales en donación y trasplantes no se contemplaba en el marco normativo ningún permiso que cubriera, era necesario reforzar las garantías para los donantes vivos, quienes asumen riesgos físicos y económicos en su decisión.

El gobierno ha buscado alinear la legislación nacional con recomendaciones internacionales, como las de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que instan a los Estados a proteger a los donantes vivos mediante medidas legales y económicas. La reforma tiene un enfoque integral para evitar que la donación sea una carga injusta para las personas trabajadoras.

Marco normativo del nuevo permiso retribuido para la donación de órganos

Se ha añadido un “nuevo apartado g)” en el artículo 37.3 del ET, que establece el nuevo permiso retribuido para la donación de órganos que establece “g) [sic] Por el tiempo indispensable para la realización de los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo”.

Características del permiso retribuido para la donación de órganos

Este permiso retribuido establecido en el artículo 37.3.g) del ET tiene las siguientes características:

  • Duración: Comprende el tiempo necesario para asistir a sesiones informativas, realizar exámenes clínicos previos, someterse a exploraciones médicas y prestar el consentimiento informado.
  • Ámbito temporal: Aplica únicamente cuando estas actividades se desarrollan dentro de la jornada laboral.
  • Retribución: La persona trabajadora conserva su salario completo durante el tiempo de ausencia.

Situaciones tras el permiso retribuido para la donación de órganos

La reforma también introduce una situación especial de IT regulada en la LGSS, que cubre:

  • Preparación médica: La situación de IT cubre los días necesarios para la preparación quirúrgica y hospitalización previa al trasplante.
  • Recuperación postoperatoria: La situación de IT también incluye el periodo desde el ingreso hospitalario hasta el alta médica por curación.
  • Protección económica: El subsidio equivale al 100% de la base reguladora, sin exigir periodos mínimos de cotización.
  • Continuidad de cotizaciones: Según el artículo 144.4 de la LGSS, la obligación de cotizar permanece vigente durante toda la situación de IT.

Obligaciones de las Empresas

Las empresas tienen las siguientes obligaciones:

  • Facilitar el disfrute del permiso: Asegurar que los empleados puedan ausentarse del trabajo sin repercusiones negativas.
  • Gestionar la documentación: Proveer los formularios necesarios y colaborar en la gestión de la prestación de IT.
  • Mantener las cotizaciones: Garantizar el cumplimiento de las obligaciones contributivas durante el periodo de IT especial.

Esta Ley podría inspirar nuevas reformas orientadas a la protección de otros colectivos vulnerables. Asimismo, se espera que el refuerzo de las garantías motive un incremento en el número de donantes vivos, consolidando a España como un referente en solidaridad y eficiencia en el ámbito de los trasplantes.

¿Cuándo entrará en vigor el permiso retribuido para la donación de órganos?

El permiso retribuido para la donación de órganos entra en vigor el 3 de marzo de 2025.

La reforma introducida por la Ley 6/2024, de 20 de diciembre afecta a varias leyes clave del ordenamiento jurídico español, incluyendo:

  • Estatuto de los Trabajadores (ET): Se incorpora el nuevo apartado g) al artículo 37.3, estableciendo un permiso retribuido específico para actos preparatorios relacionados con la donación.
  • Ley General de la Seguridad Social (LGSS): Se introducen modificaciones en los artículos 144.4, 169.1 a), 171, 172 y 173.1 para regular una situación especial de incapacidad temporal (IT) asociada a la donación de órganos.
  • Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP): En el artículo 48 m), se contempla el mismo permiso retribuido y la protección económica para los funcionarios.
  • Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas: Se modifica la letra b) del artículo 40.
  • Reglamento General del Mutualismo Administrativo. Se modifica la letra a) del artículo 88 y la letra b) del artículo 96.
  • Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Se añade la letra e) al artículo 11, se modifican: la letra b del artículo 12, el artículo 14 y la letra c del artículo 21.

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