La devolución del IRPF a mutualistas jubilados está al orden del día, y no es para menos.
Durante muchos años, miles de personas jubiladas han declarado su pensión en el IRPF tal y como aparecía en sus datos fiscales. Hacienda calculaba el impuesto, se presentaba la declaración y el resultado se asumía como correcto. En la práctica, casi nadie se planteaba si ese cálculo podía estar mal aplicado.
Con el paso del tiempo, distintas reclamaciones y sentencias judiciales han puesto de manifiesto que algunos jubilados pagaron más IRPF del que les correspondía. En concreto, aquellas personas que cotizaron a antiguas mutualidades laborales antes de la generalización de la Seguridad Social. No estamos hablando de una ayuda nueva ni de una bonificación excepcional; se trata de corregir una forma de tributar que no era la correcta.
Este asunto ha cobrado especial relevancia porque afecta a un número elevado de pensionistas, porque las cantidades a devolver pueden ser importantes y porque existen plazos concretos para reclamar. Y quien no actúe a tiempo puede perder definitivamente ese derecho.
¿Qué es la devolución del IRPF a mutualistas jubilados?
La devolución del IRPF a mutualistas jubilados consiste en que Hacienda devuelve las cantidades que se pagaron de más en concepto de IRPF sobre la pensión. Es decir, se reconoce que el impuesto se calculó de forma incorrecta durante determinados años y se devuelve la diferencia correspondiente.
¿Qué es una mutualidad laboral?
Antes de que el sistema de la Seguridad Social se extendiera a todos los trabajadores, muchas personas estaban obligadas a cotizar a mutualidades laborales. Estas mutualidades eran sistemas de previsión social que funcionaban de forma paralela al sistema público y eran habituales en sectores como la banca, la industria o determinadas profesiones.
Las aportaciones realizadas a estas mutualidades no tenían exactamente el mismo tratamiento fiscal que las cotizaciones actuales a la Seguridad Social, y esa diferencia es clave para entender el problema que ahora se está corrigiendo.
¿Por qué se pagó IRPF de más durante años?
Durante muchos años, Hacienda consideró que las pensiones procedentes de estas mutualidades debían tributar en su totalidad en el IRPF. Sin embargo, los tribunales han determinado que una parte de esas pensiones no debía tributar de la misma forma, ya que las aportaciones previas ya habían tenido un tratamiento fiscal distinto.
En otras palabras, se estaba gravando dos veces una parte de la pensión.
Origen del problema: ¿por qué Hacienda debe devolver el IRPF?
Cotizaciones a mutualidades antes de la Seguridad Social
Las cotizaciones realizadas a mutualidades laborales antes de 1979 no son equivalentes a las cotizaciones actuales al sistema público. Parte de esas aportaciones ya había sido tenida en cuenta fiscalmente y no debía volver a tributar íntegramente cuando se transformaban en pensión.
Diferencia entre mutualidad y sistema público
El sistema público de la Seguridad Social tiene reglas claras sobre cómo tributan las pensiones. En cambio, las mutualidades funcionaban con esquemas distintos y no siempre se diferenciaron correctamente al calcular el IRPF. Esa falta de distinción es la que ha provocado el exceso de tributación.
¿Por qué estas aportaciones no debían tributar igual?
Porque hacerlo suponía pagar impuestos dos veces por el mismo concepto. El Tribunal Supremo ha considerado que esta situación no era conforme a la ley y ha obligado a la Administración a corregirla.
Sentencias y criterio de la Agencia Tributaria
El cambio de criterio de Hacienda
Tras varias sentencias del Tribunal Supremo, la Agencia Tributaria ha modificado su criterio. Durante un tiempo, las devoluciones estuvieron paralizadas mientras se definía un procedimiento común y una base normativa clara.
Ese marco ya está en vigor y, actualmente, Hacienda devuelve el IRPF a mutualistas jubilados siguiendo un procedimiento específico habilitado en su sede electrónica.
Reconocimiento del derecho a devolución
La normativa vigente reconoce expresamente el derecho a recuperar las cantidades indebidamente ingresadas correspondientes a los ejercicios no prescritos. Además, se ha establecido un sistema que permite reclamar varios años en una sola solicitud, evitando trámites repetidos.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución del IRPF?
Mutualistas jubilados
Pueden solicitar la devolución las personas que:
- cotizaron a mutualidades laborales antes de 1979
- están jubiladas y perciben una pensión
- tributaron por el total de esa pensión en el IRPF
Viudas y herederos
Si el mutualista ha fallecido, los herederos pueden presentar la solicitud de devolución correspondiente a los ejercicios no prescritos, acreditando la representación legal.
Conviene aclarar que la pensión de viudedad, por sí sola, no da derecho a la aplicación de esta devolución, ya que no deriva directamente de aportaciones del perceptor a una mutualidad.
Años afectados
Con carácter general, pueden reclamarse los ejercicios 2020, 2021 y 2022.
Los ejercicios 2019 y anteriores solo son reclamables si en su momento se presentó una solicitud dentro del plazo de prescripción. En caso contrario, se consideran prescritos y no pueden recuperarse.
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¿Cuánto dinero se puede recuperar con la devolución del IRPF a mutualistas?
La cantidad depende de cada caso concreto. Influyen factores como:
- los años cotizados a la mutualidad
- el importe de la pensión
- las retenciones aplicadas en cada ejercicio
¿Cómo solicitar la devolución del IRPF a mutualistas?
La solicitud se realiza mediante un formulario específico habilitado por la Agencia Tributaria en su sede electrónica. Puede presentarse:
- directamente por la persona interesada
- a través de un representante
- por los herederos, si procede
No siempre es necesario aportar documentación en el momento inicial, aunque Hacienda puede solicitarla posteriormente para verificar los datos.
Plazo para solicitar la devolución del IRPF a mutualistas jubilados: fechas clave
Fecha límite para presentar la solicitud
El plazo para presentar la solicitud finaliza el 2 de febrero de 2026, con efectos para los ejercicios 2020, 2021 y 2022.
Si la solicitud se presenta más tarde:
- hasta el 2 de febrero de 2027, tendrá efectos para 2021 y 2022
- hasta el 2 de febrero de 2028, solo para el ejercicio 2022
Es fundamental presentar la solicitud cuanto antes para no perder años reclamables.
¿Qué ocurre si se presenta fuera de plazo?
Si el ejercicio ha prescrito y no se presentó la solicitud a tiempo, Hacienda no devolverá las cantidades, aunque exista una sentencia favorable en términos generales.
Errores frecuentes al reclamar la devolución del IRPF
Entre los errores más habituales se encuentran:
- pensar que la devolución es automática
- utilizar formularios antiguos
- no indicar correctamente los ejercicios reclamados
- dejar pasar los plazos confiando en futuras ampliaciones
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Preguntas frecuentes sobre la devolución del IRPF a mutualistas jubilados
¿La devolución del IRPF a mutualistas es automática?
No. Es necesario presentar la solicitud siguiendo el procedimiento establecido por la Agencia Tributaria.
¿Tengo que modificar la declaración de la renta?
En muchos casos, sí. La devolución se tramita como rectificación de la autoliquidación o mediante el formulario específico.
¿Qué pasa si ya presenté la renta?
Puedes reclamar igualmente, siempre que el ejercicio no esté prescrito y cumplas los requisitos.
¿Pueden reclamar los herederos?
Sí, siempre que acrediten su condición y actúen dentro del plazo legal.
¿Hacienda puede rechazar la solicitud?
Puede hacerlo si no se cumplen los requisitos o si falta documentación, aunque normalmente concede un plazo para subsanar.
¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero?
No existe un plazo fijo. Algunas devoluciones se resuelven en pocos meses y otras se alargan debido al volumen de solicitudes.
La devolución del IRPF a mutualistas jubilados es la corrección de una situación que se mantuvo durante años. Informarse bien y actuar dentro de plazo es la única forma de asegurarse de recuperar lo que corresponde por derecho.






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