Visados de residencia por inversión inmobiliaria

Visados de residencia por inversión inmobiliaria

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4/06/2024

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización permite obtener el visado o autorización de residencia a extranjeros no residentes en España que realicen una inversión significativa de capital, denominados visados de residencia por inversión inmobiliaria

¿Quién puede solicitar los visados de residencia por inversión inmobiliaria?

Pueden solicitar un visado o autorización de residencia aquellos extranjeros no residentes en la UE que realicen una inversión significativa de capital en:

  1. Activos financieros, realizando una inversión inicial por un valor igual o superior a:
    • Dos millones de euros en títulos de deuda pública española, o
    • Un millón de euros en:
      • Acciones o participaciones sociales de empresas españolas con una actividad real de negocio, o
      • Fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España.
      • Depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
  2. Adquisición de inmuebles en España con una inversión de valor o superior a 500.000€ por cada solicitante.
  • Proyecto empresarial deberá aportar un informe favorable que se debe obtener previamente a la solicitud del visado o la autorización de residencia y para la emisión de dicho informe deberá presentar:
    • Impreso de Solicitud de Informe de Proyecto Empresarial.
    • Copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.
    • En caso de que la solicitud no sea presentada por el propio solicitante, se adjuntará el documento acreditativo por el que le autorice al representante a presentar la documentación en su lugar, acompañado del DNI o Pasaporte del Representante

Tipos de permisos

Visado: cuando el solicitante se encuentra fuera de España, obtendrá un permiso para, si lo desea, residir y trabajar en todo el territorio nacional. El plazo de duración del permiso es de 1 año, salvo la adquisición de inmuebles mediante contrato de arras que es de 6 meses. Transcurrido el año, debe solicitar una autorización de residencia.

Una vez formalizado el contrato de arras, debe solicitar el visado o la autorización de residencia.

Autorización de residencia: cuando el solicitante se encuentra legalmente en España, obtendrá un permiso de 3 años para, si lo desea, residir y trabajar en todo el territorio nacional.

¿Dónde presentar la solicitud de Visados de residencia por inversión inmobiliaria?

Visado: En las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.

¿Dónde presentar la solicitud de Autorización de residencia por inversión inmobiliaria?

Autorización de residencia: en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

Documentos necesarios para solicitar el visado de residencia por inversión inmobiliaria

Documentos generales:

  1. Pasaporte o NIE. El solicitante debe ser mayor de 18 años.
  2. Seguro médico público o privado.
  3. Certificado de antecedentes penales. Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde se haya residido en los últimos 5 años.
  4. Acreditación de los medios económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España.

Documentos específicos para inversor en activos financieros

Deberá acreditar haber realizado la inversión en la cantidad mínima requerida de la siguiente manera, y en los siguientes supuestos den inversión en:

  1. Participaciones sociales o acciones en empresas no cotizadas, se presentará el ejemplar de la declaración de inversión realizada en el Registro de Inversiones del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
  2. Acciones cotizadas, se presentará un certificado del intermediario financiero, debidamente registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores o en el Banco de España, en el que conste que el interesado ha efectuado la inversión a efectos de esta norma.
  3. Deuda pública, se presentará un verificado de la entidad financiera o del Bando de España en el que se indique que el solicitante es el titular único de la inversión para un periodo igual o superior a 5 años.
  4. Fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España, debidamente registrada en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en el que conste que el interesado ha efectuado una inversión de, al menos, un millón de euros en un fondo o fondos bajo su gestión.
  5. Depósito bancario, se presentará un certificado de la entidad financiera en el que se constate que el solicitante es el titular único del depósito bancario.

Plazo de presentación de solicitudes

Dichos certificados deben estar fechados dentro de los siguientes plazos:

Para visados: en un período no superior a 60 días anteriores a la presentación de la solicitud.

Para autorizaciones de residencia: en un período no superior a 30 días anteriores a la presentación de la solicitud.

Documentos específicos para inversor en adquisición de inmuebles

Deberá acreditar haber adquirido la propiedad de los bienes inmuebles mediante certificación de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles. El solicitante deberá acreditar disponer de una inversión en bienes inmuebles de 500.000€ libre de cargas o gravamen. La parte de la inversión que exceda del importe exigido podrá estar sometida a carga o gravamen.

La certificación incorporará uno de los siguientes documentos, en visados:

  • El código electrónico de verificación para su consulta en línea, incluyendo el importe de la adquisición.
  • La escritura pública correspondiente.
  • Si en el momento de presentar el visado la inscripción en el Registro de la Propiedad se encontrara en trámite, será suficiente la presentación de la certificación en la que conste vigente el asiento de presentación del documento de adquisición, acompañada de documentación acreditativa del pago de los tributos correspondientes.

La certificación incorporará uno de los siguientes documentos, en autorizaciones de residencia: Certificado o certificados de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles y que debe estar fechado dentro de los 90 días anteriores a la presentación de la solicitud.

  • Si no se ha formalizado la compra: Precontrato con garantía en su cumplimiento por medio de arras y/u otro medio admitido en derecho, formalizado en escritura pública. Deberá presentar:
  • El precontrato con garantía.
  • Certificado de una entidad financiera establecida en España en el que se constate que el solicitante dispone de un depósito bancario indisponible con la cantidad necesaria para la adquisición, incluyendo cargas e impuestos.

Documentos específicos para inversor en proyecto empresarial

Deberá aportar un informe favorable que se debe obtener previamente a la solicitud del visado o la autorización de residencia y para la emisión de dicho informe deberá presentar:

  1. Impreso de Solicitud de Informe de Proyecto Empresarial.
  2. Copia del Documento de Identidad o Pasaporte.
  3. En caso de que la solicitud no sea presentada por le propio solicitante, se adjuntará el documento acreditativo por el que le autorice al representante a presentar la documentación en su lugar, acompañado del DNI o Pasaporte del Representante.
  4. Currículo Vitae del solicitante donde se detalle su formación y experiencia profesional.
  5. Proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España justificando, al menos, una de las siguientes condiciones:
  6. Creación de puestos de trabajo.
  7. Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad.
  8. Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
  9. Designación de un Representante para la Gestión del Proyecto Empresarial.

Cambios en los visados de residencia por inversión inmobiliaria

El pasado mes de abril el Consejo de Ministros analizó un informe para modificar la ley que permite obtener el visado o autorización de residencia a extranjeros no residentes en la Unión Europea que compren una vivienda en España que cueste más de 500.000 euros. Es decir, para eliminar las denominadas golden visa inmobiliarias.

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