Testamento digital: ¿qué es y cómo realizo uno?

Testamento digital

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20/06/2023

En el contexto actual, en el que la tecnología e internet están cada vez más presentes, nuestra huella digital, es decir, nuestros datos, imágenes e información disponible en la red, es cada vez mayor. En este sentido, ¿Alguna vez te has planteado que pasará cuando fallezcas? ¿Sabes que tienes derecho al testamento digital?

En la tribuna de hoy, profundizaremos en este derecho. ¡Conoce todos los detalles acerca de qué es el testamento digital y qué sabe de nosotros!

¿Qué es el testamento digital?

La Ley orgánica de protección de datos y derechos digitales introdujo el derecho al testamento digital. Este es un derecho digital y supone que el interesado puede expresar su voluntad digital antes de fallecer y designar a una persona para ejecutarla ante los prestadores de servicios de la sociedad de la información.

¿Cómo hacer el testamento digital?

Cuando una persona que ha dejado ante notario testamento digital fallece, las personas que haya designado deberán realizar todas las acciones que el fallecido haya establecido.

El artículo 96 de la LOPDGDD regula el acceso a los contenidos digitales gestionados por los prestadores de servicios de la sociedad de la información sobre personas fallecidas, estableciendo las siguientes reglas:

  1. Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos, pueden dirigirse a los prestadores de servicios de la sociedad de la información para acceder a dichos contenidos e impartirles las instrucciones que estimen oportunas sobre su utilización, destino o supresión, salvo prohibición expresa.
  2. Esta prohibición no afecta al derecho de los herederos a acceder a los contenidos que pudiesen formar parte del caudal relicto.
  3. El albacea testamentario, así como aquella persona o institución designada expresamente por el fallecido, también podrá solicitar, con arreglo a las instrucciones recibidas, el acceso a los contenidos con vistas a dar cumplimiento a las instrucciones del fallecido.
  4. Cuando la persona fallecida es menor de edad, estas facultades pueden ejercerse también por sus representantes legales o, en el marco de sus competencias, por el Ministerio Fiscal, que podrá actuar de oficio o a instancia de cualquier persona física o jurídica interesada.
  5. Si la persona fallecida es discapacitada, estas facultades pueden ejercerse también, además de por las señaladas anteriormente, por quienes hubiesen sido designados para el ejercicio de funciones de apoyo, si estas facultades se entendieran comprendidas en las medidas de apoyo prestadas por el designado.

¿Cómo funciona el testamento digital?

Las personas legitimadas para ello podrán decidir:

  1. Mantener la información digital.
  2. Eliminar los perfiles personales de personas fallecidas en redes sociales o servicios equivalentes.

En todo caso, se deberán respetar la voluntad del fallecido para decidir sobre cualquiera de estas dos opciones.

El responsable del tratamiento del servicio al que se le comunique, con arreglo al párrafo anterior, la solicitud de eliminación del perfil, deberá proceder sin dilación a la misma.

¿Cómo se acredita la legitimación?

Está previsto que mediante real decreto se establezcan los requisitos y condiciones para acreditar la validez y vigencia de los mandatos e instrucciones y, en su caso, el registro de los mismos.

¿Qué son los contenidos digitales?

Los contenidos digitales de una persona son sus datos personales que hay disponibles en internet, sus perfiles y contraseñas en distintas redes sociales y todo el contenido que hay disponible en las mismas (fotografías, archivos musicales o audiovisuales, etc.), pero también cuentas de correo electrónico, saldo en criptomonedas (bitcoin, altcoins, etc), cuentas corrientes online o servicios de pago en línea, como PayPal, suscripciones, blogs, dominios, información en la nube (Google Drive, Dropbox), etc.

¿Cómo hacer un testamento digital?

Actualmente, es habitual formalizar el testamento digital ante notario, teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 662 a 743 del código civil, (hasta que se publique el Real Decreto que establezca los requisitos y condiciones para acreditar la validez y vigencia de los mandatos e instrucciones).

Para hacer un testamento digital podemos seguir los siguientes pasos:

  1. En primer lugar, se deberá recopilar toda la información digital de cada plataforma o canal donde estén recogidas.
  2. Establecer que se debe hacer con este contenido, indicando si se desea que la información se elimine, quede archivada o queremos que se conserve sin que sea actualizada.
  3. Designar expresamente la persona o institución encargada de llevar a cabo nuestra voluntad, es decir, el albacea testamentario.
  4. Dejar reflejado por escrito tanto la voluntad como la persona designada para llevarla a cabo.
  5. Legalizar el testamento digital mediante su autorización ante notario. Deberá designarse a una persona encargada de entregar el testamento digital de la persona fallecida a la persona designada para cumplir su voluntad, es decir, un fiduciario.
  6. En último lugar, la ejecución del testamento.

Contenido digital en redes sociales

Algunas redes sociales prevén la posibilidad de mantener activo el perfil de la persona fallecida y convertir su cuenta en conmemorativa, identificándola con las palabras “en memoria de”. Algunas redes sociales que ofrecen esta posibilidad son Facebook o Instagram.

Ejemplo de testamento digital

Cuentas y contraseñas

Lista de cuentas y contraseñas a mi nombre:

  1. Xxxxx

Contenido Personal

Las siguientes páginas web disponen de mi contenido personal:

  1. xxxxx

Las siguientes redes sociales disponen de mi contenido personal:

  1. xxxxx

Además del disco duro del portátil, tengo x discos duros:

  1. xxxxx

También dispongo de las siguientes cuentas de almacenamiento en la nube:

  1. xxxxx

Suscripciones

He hecho las siguientes suscripciones:

  1. xxxxx

Adicionalmente, tengo las siguientes licencias:

  1. xxxxx

Equipos

Los equipos físicos que tengo son:

  1. xxxxx

Últimas voluntades

Lo que me gustaría que se hiciera con mi legado digital es lo siguiente:

  1. Nombro a XXXXXXX albacea y le ruego que ejecute estas últimas voluntades.
  2. Borrar y cerrar todas mis cuentas en redes sociales. Podéis descargar el contenido que os pueda interesar
  3. Lo mismo ocurrirá con los dominios, salvo que os interese conservarlos.
  4. Repartiréis las licencias y equipos que os interesen a partes iguales

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