Se avecinan cambios en el sistema tributario: La fiscalidad de los Inmuebles

fiscalidad de los inmuebles - INEAF

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11/06/2014

Se avecinan cambios fiscales, varios en IRPF, y uno de los que más suena actualmente es la tributación de los inmuebles.

Según la normativa vigfiscalidad de los inmuebles - INEAFente de IRPF, los inmuebles que no constituyan la vivienda habitual del contribuyente tributan en sede del Impuesto sobre la Renta; bien por los rendimientos que se generen por tenerlos alquilados o bien por tener a “disposición del contribuyente” esos inmuebles.

Existen excepciones a esta regla, como que los inmuebles estén afectos a actividades económicas o constituyan el domicilio de los hijos en caso de separación o divorcio.

Así, el disponer de una segunda vivienda “se grava” en el IRPF; los propietarios de los inmuebles que no constituyan la vivienda habitual y no estén alquilados sufren una imputación de rentas en el IRPF, equivalente al 1,1% del valor catastral de los inmuebles (o 2% si la última revisión catastral se realizó con anterioridad al año 1994). Esa renta imputada acompaña al resto de rendimientos que componen la base general (como los rendimientos del trabajo) y tributan según la escala progresiva del impuesto, en función del nivel de rentas, y que puede superar el 50%.

El Gobierno maneja diferentes alternativas a esta fiscalidad. Las opciones pueden ser elevar el porcentaje de imputación, cambios en el IBI o la fijación de un sistema complementario de tributación.

“Alternativas: Elevar el  porcentaje de imputación, cambios en el IBI o imposición complementaria”

La idea que mantiene el ejecutivo, apoyada por el reciente informe Lagares, es dar más relevancia a los impuestos que están menos expuestos a los ciclos económicos. En relación a este hecho, se incrementaría este impuesto para dar menor relevancia a los que gravan la transmisión de la propiedad, como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. No obstante, este último impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que la elevación de la fiscalidad en IRPF no supondría un descenso automático de aquél impuesto; es más, las comunidades han elevado frecuentemente el ITPAJD.

Pero la idea del ejecutivo es clara: que un retroceso de la actividad no derive en un derrumbe de los ingresos públicos. Todo para salvar los números rojos de las administraciones.

Comentarios

  • Bienvenido López Gijón (#)
    junio 11th, 2014

    No lo veo justo.

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