¿Qué es el estatuto de la víctima?

Estatuto de la Víctima

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18/09/2024

El estatuto de la víctima en el proceso penal es el conjunto de disposiciones que regulan la posición y los derechos de la víctima en el proceso penal.

En este post se verán más detalles sobre el estatuto de la víctima, como sus derechos, plazo para interponer recursos, la regulación normativa, etc.

¿Qué Ley es el estatuto de la víctima?

Se trata de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.

Su proyecto de Ley se aprobó en agosto de 2014 y entró en vigor a los 6 meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el 28 octubre de 2015.

¿Qué finalidad tiene el estatuto de la víctima?

Tal y como se indica en el preámbulo del estatuto de la víctima, “la finalidad es ofrecer desde los poderes públicos una respuesta lo más amplia posible, además de jurídica, social, para las víctimas.”

No solo se pretende reparar el daño en el marco de un proceso penal, sino que también pretende minimizar otros efectos traumáticos en el plano moral que se pueden generar, independientemente de la situación procesal.

Por tanto, la Ley reconoce la dignidad de las víctimas y defiende sus bienes materiales y morales, recopilando un listado de derechos que vienen a trasponer lo indicado en las Directivas de la Unión Europea sobre la materia, y la demanda de la sociedad española al respecto.

¿A quién se aplica el estatuto de la víctima?

De manera general, y como indica la propia Ley, el estatuto de la víctima se aplica a “las víctimas de delitos que se cometen en España o que se pueden perseguir en España, independientemente de la nacionalidad de la persona o de su edad o residencia legal.”

Además, la Ley distingue entre las víctimas directas e indirectas.

Como víctima directa, “se aplica a todas las personas físicas que hayan sufrido un daño sobre su persona o patrimonio, directamente causado por la comisión de un delito.”

Mientras que como víctima indirecta, “será por los casos de muerte o desaparición de una persona que haya sido causada directamente por un delito, con algunas excepciones.”

¿A qué tienen derecho las víctimas?

Tal como establece el Estatuto, “todas las víctimas del delito tienen derecho a protección, información, apoyo, asistencia y atención, así como a la participación activa en el proceso penal y a recibir un trato respetuoso, profesional, individualizado y no discriminatorio desde su primer contacto con las autoridades o funcionarios.”

Esto será así “durante la actuación de los servicios de asistencia y apoyo a las víctimas y de justicia restaurativa, a lo largo de todo el proceso penal y por un periodo de tiempo adecuado después de su conclusión, con independencia de que se conozca o no la identidad del infractor y del resultado del proceso.”

Derechos destacables en el estatuto de la víctima

De entre todos los derechos que la norma incluye, tanto procesales y extraprocesales, de todas las víctimas de delitos, se pueden destacar los siguientes:

Las víctimas “tienen derecho a entender y ser entendida en cualquier actuación que se deba llevar a cabo desde que se interpone una denuncia y durante el proceso penal, incluyendo la información previa a la interposición de una denuncia.”

También tienen derecho a “recibir inmediatamente información adaptada a sus circunstancias y condiciones personales y a la naturaleza del delito cometido y de los daños y perjuicios sufridos.”

Otros derechos son, por ejemplo, obtener copia de la denuncia interpuesta y asistencia lingüística gratuita, o ser informada de todos los datos del juicio que se vaya a llevar a cabo.

Los derechos de los menores

Esta Ley además pretende dar visibilidad a los menores como víctimas que se encuentren en un entorno de violencia de género o violencia doméstica, para que puedan acceder a los servicios de asistencia y apoyo y la adopción de medidas de protección.

Estructura del Estatuto de la Víctima

Como se viene indicando, esta Ley recoge un catálogo de Derechos comunes a todas las víctimas, que se va desarrollando a lo largo del contenido.

Título I

En el Título I se reconocen derechos extraprocesales.

Título II

El Título II sistematiza los derechos de la víctima en cuanto a su participación en el proceso penal, independientemente de las medidas de protección de la víctima en el proceso.

Título III

En el Título III se trata lo relativo a la protección y reconocimiento de las víctimas, así como las medidas de protección específicas para determinadas víctimas.

Título IV

Por último, el Título IV recoge disposiciones comunes sobre organización y funcionamiento de las oficinas de asistencia a las víctimas del delito o el fomento de la formación de los profesionales del servicio de la Administración de Justicia en el trato a las víctimas.

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