¿Conoces las obligaciones fiscales de una sociedad limitada?

Obligaciones fiscales de una sociedad limitada

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16/05/2023

Si eres emprendedor y estás pensando en montar tu propia empresa, te conviene conocer cuáles son las obligaciones fiscales de una sociedad limitada.

Constituir una sociedad limitada lleva aparejada el cumplimiento de una serie de pasos fiscales que básicamente se pueden dividir en dos tipos. Los que se llevan a cabo antes de la entrada en funcionamiento de la actividad de la empresa. Y con los que hay que cumplir una vez que la actividad ha comenzado.

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Obligaciones fiscales para crear una Sociedad Limitada

Una vez que hemos tomado la decisión de emprender nuestra aventura, llevaremos a cabo los siguientes pasos en cuanto a obligaciones fiscales para crear una S.L.

Tenemos que solicitarle al Registro Mercantil un “Certificado Negativo de Denominación Social” para verificar que el nombre de nuestra sociedad no existe. Si el Capital Social va a consistir en dinero físico, tendremos que ir a una entidad bancaria para hacer el depósito y conseguir el justificante de la aportación. Con estos dos documentos y junto con los estatutos, podemos acudir ya al notario a firmar la constitución de la sociedad.

Una vez que tenemos la escritura de constitución de la empresa, el primer paso con Hacienda consiste en darla de alta a través de Modelo 036 “Declaración censal de alta, baja y modificación para empresarios, profesionales y retenedores”. Rellenarlo es muy sencillo, solo consiste en contestar una serie de preguntas relacionadas con la identificación de la sociedad y sus obligaciones fiscales. En este momento se nos asignará un NIF provisional que se convertirá en definitivo cuando aportemos el justificante de haber anotado en el Registro Mercantil la constitución de la empresa. El periodo para realizar este trámite es de dos meses desde la firma de la constitución. Solo aportando las escrituras debidamente registradas, el NIF provisional y el DNI del representante legal de la empresa, conseguiremos el NIF definitivo de nuestra nueva sociedad.

Otro modelo que hay que tener en cuenta en la constitución de una empresa es el Modelo 840 “Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)”. En este modelo, especificaremos las actividades que van a desempeñar nuestra sociedad. Los dos primeros años de actividad estaremos exentos de pagarlo, pero a partir del tercero, si la sociedad ha superado el millón de euros de cifra de negocios en el año inmediatamente anterior, estará obligado a liquidarlo.

Por último, pero no menos importante, hay que solicitar la firma electrónica de la sociedad para poder acceder a las notificaciones de Hacienda, tramitar impuestos y facilitar la realización de múltiples gestiones en entidades públicas como la Seguridad Social.

Obligaciones fiscales de una empresa en funcionamiento

Si ya hemos constituido nuestra empresa y la hemos registrado correctamente, llega el momento de ponerla en funcionamiento y hacer frente a las cargas fiscales correspondientes.

De forma general, para sociedades limitadas, los impuestos fiscales que se presentan trimestralmente son los siguientes modelos:

  • 303 “Autoliquidación del Impuesto del Valor Añadido”
  • 111 “Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta”
  • 115 “Retenciones por alquiler”, en el caso de que la sociedad tenga alquilado un inmueble como inquilino.
  • 202 “Pagos a cuenta del Impuesto Sobre Sociedades”, estos pagos a cuenta se regularizarán cuando se liquide el impuesto anual.
  • 349 “Declaración Informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias”, en el caso de que se realicen este tipo de operaciones.

Paralelamente, se presentan anualmente unos modelos informativos que resumen estos impuestos trimestrales:

  • 390 “IVA. Declaración Resumen Anual”
  • 190 “Declaración Informativa. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas. Resumen anual.
  • 180. Declaración Informativa. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual.
  • 200. IS. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Documentos de ingreso o devolución

Otras obligaciones de las sociedades limitadas

Además de las obligaciones fiscales, existen otra serie de obligaciones que se deben cumplir, como es la liquidación y abono mensual en la Seguridad Social, de las cotizaciones de los trabajadores dados de alta en la empresa.

Como obligaciones contables, la sociedad tiene la obligación de tener debidamente legalizados los Libros Oficiales en el Registro Mercantil donde se presentarán las Cuentas Anuales.

Obligaciones fiscales de una empresa inactiva

Cuando la sociedad ha dejado de operar y no genera ningún ingreso, se tiene la obligación de comunicar el cese de la actividad por medio del mismo modelo comentado al inicio, el Modelo 036 “Declaración censal de alta, baja y modificación para empresarios, profesionales y retenedores”.

Esta inactividad puede ser temporal o definitiva, pero en ambos casos tendrá que seguir cumpliendo con las obligaciones mínimas de presentación del Impuesto Sobre Sociedades, legalización de libros contables, presentación de cuentas anuales, liquidaciones trimestrales… Todo ello hasta que la empresa se liquide y disuelva definitivamente.

Con este artículo le hemos facilitado la información de las obligaciones fiscales de una sociedad limitada. La idea de negocios y las ganas de emprender las tiene que aportar usted. ¡Ánimo!

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