El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley, el 22 de febrero, por el que se modifica la reciente Ley de Tasas Judiciales y se anticipa la entrada en vigor de los beneficios recogidos en el anteproyecto de Justicia Gratuita, para que los colectivos que tengan derecho a ella puedan disfrutarla desde este mismo momento.
La medida aprobada supone que los beneficiarios puedan dejar de pagar honorarios y tasas a procuradores y abogados, además de ahorrarse el resto de costes derivados del proceso: “el Gobierno reducirá en un 80 por ciento el tramo variable de las tasas judiciales para las personas físicas y liberará del pago del total de la tasa en separaciones y divorcios de mutuo acuerdo, o en la condena a costas a pagar a la entidad bancaria por parte de la familia desahuciada o sus avalistas”.
En aquellos procesos que no tengan acuerdo se presume que tiene cuantía indeterminada, para evitar disparidades de criterios.
El límite máximo de pago por la cuota variable, desciende de 10.000 a 2.000 euros. La rebaja será de aplicación tanto en primera como en segunda instancia, y se extenderá también al Orden Social, donde la primera instancia para trabajadores y autónomos ya era gratuita y, en la segunda, contaba con una exención del 60%.
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