Nuevas modificaciones en los principales impuestos.

Saenz de Santamaria - INEAF

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15/12/2013

La semana pasada, el Gobierno aprobó  un Real Decreto en el que se modifican algunos de los principales reglamentos afectando por tanto al Impuesto sobre Sociedades (IS), al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), al Impuesto sobre la de Renta de No Residentes (IRNR), al Reglamento General de Recaudación y al Reglamento General de Actuaciones y Procedimiento de Saenz de Santamaria - INEAFGestión e Inspección Tributaria.

El objetivo de este Real Decreto era “desarrollar en especial algunos aspectos, como la Ley de Emprendedores, para dar seguridad jurídica y facilidades de gestión”, aunque el Gobierno, como ya sabemos, tenga previsto hacer una reforma tributaria más amplia en 2014.

Pues bien, de entre las modificaciones  anunciadas por Sáenz De Santamaría, cabe destacar las siguientes.

En cuanto al desarrollo de la Ley de Apoyo a Emprendedores y al IRPF, hay algunas novedades importantes. Se regula la financiación privada y profesional a través de las empresas de nueva y reciente creación (business angels). El inversor, más conocido como inversor de proximidad, podrá deducirse el 20% del valor de adquisición de las acciones o participaciones con un importe máximo de 50.000 euros anuales, siempre y cuando se trate de una empresa de nueva creación. Además, estos contribuyentes tendrán una exención del 100% de las ganancias obtenidas si estás se reinvierten en otra empresa de nueva o reciente creación.  Por tanto, se establece la obligación de presentar una declaración informativa por las empresas de nueva o reciente creación, identificando a los partícipes o accionistas que hubieran suscrito acciones o participaciones con derecho a la deducción por inversión en dichas entidades.

Se modifican algunos plazos de ingresos tributarios. En este caso, y a partir de 2014, las retenciones e ingresos a cuenta, que deben efectuar las empresas con un volumen de negocio superior a los 6 millones de euros, y que se generan en el mes de julio deberán ingresarse en agosto, en lugar de septiembre como se viene haciendo. El objetivo de esta medida, explica la vicepresidenta, es evitar desfases de tesorería. De este modo, el Tesoro Público ahorrará 25 millones de euros.

También en relación al IRPF, se obliga a los contribuyentes que ejerzan actividades cuyos ingresos estén sometidos a una retención del 1%, la llevanza de un libro de registro de ventas e ingresos, a partir de enero de 2014.

Por otro lado, y en cuanto al impuesto sobre sociedades, las empresas con volumen de negocio inferior a diez millones de euros podrán deducirse de la cuota íntegra del impuesto  hasta un 10% de los beneficios obtenidos en el periodo impositivo que se reinvierta en la actividad económica. Esta nueva medida será aplicable a beneficios que se generen a partir de periodos impositivos iniciados en 2013 y beneficiará a unas 200.000 personas físicas y a 185.000 sociedades de reducida dimensión.  Entre otras modificaciones de este impuesto, destacamos que se extiende la aplicación de los planes especiales de amortización de algunos elementos patrimoniales a aquellos otros que tengan las mismas características de carácter físico y jurídico que sean adquiridos en el año siguiente respecto del momento de la aprobación del plan.

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