Modificaciones para los modelos del IRPF e impuesto sobre el patrimonio

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11/01/2014

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha publicado el Proyecto de Orden por el que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) para las declaraciones relativas a 2013. Además, se determina el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación del borrador del IPRF, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

Veamos cuales son las novedades más imagencia tributaria - INEAFportantes de estos dos modelos.

En cuanto a IRPF se refiere, se introduce un nuevo supuesto de reducción del rendimiento neto de la actividad económica para los contribuyentes que inicien una actividad económica en el ejercicio que podrán reducir el rendimiento neto declarado con arreglo al método de estimación directa.

También se han realizado cambios para distinguir entre las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos con un año o menos de antelación y los adquiridos con más de un año o más de antelación a la fecha de transmisión, debido a las modificaciones efectuadas por la Ley 16/2012 de 27 de diciembre.

Se han incluido nuevos campos para consignar las contribuciones especiales a seguros colectivos de dependencia como consecuencia la Ley 27/2011 sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

La inclusión de nuevas deducciones (como puede ser la deducción por inversión en empresas de nueva o creciente creación) y supresiones de algunas existentes (como la deducción por inversión en vivienda habitual) también han provocado los cambios oportunos en este apartado.

También se incluyen las modificaciones en las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial, con arreglo a los cambios en el Impuesto sobre Sociedades, y se producen los cambios oportunos correspondientes a las deducciones autonómicas vigentes para el ejercicio 2013.

Este año, además como novedad, se prevé la posibilidad de obtener el  borrador o datos fiscales, mediante un sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario.

Por lo que al Impuesto sobre el Patrimonio se refiere, se reduce la estructura de contenidos con respecto al ejercicio anterior para facilitar la presentación electrónica de las declaraciones.

“Posibilidad de presentación de la declaración mediante un sistema de firma con clave de acceso”

También se prevé la posibilidad de presentar la declaración mediante un sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario.

En este proyecto se prevén los siguientes plazos de presentación de las declaraciones:

  •   Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):

a)      Si la presentación de la declaración se efectúa por vía electrónica a través de Internet: el plazo será el comprendido entre los días 23 de abril y 30 de junio de 2014 (ambos inclusive).

b)      Si la presentación de la declaración se efectúa por cualquier otro medio: entre los días 5 de mayo y 30 de junio de 2014 (ambos inclusive).

  •  Impuesto sobre el Patrimonio: entre los días 23 de abril y 30 de junio de 2014.

 

 

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