Modificaciones en el Modelo 347 y Modelo 190

modelo 347

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29/08/2017

modelo 347

Durante este verano ha salido a la luz el Proyecto de Orden que aprobará el nuevo modelo 190 y se modificarán además los plazos de presentación de otros modelos, entre ellos el modelo 347. Veamos con más detenimiento en qué consisten estos cambios del proyecto que aún está en trámite.

Según expresa el Proyecto de Orden por el que se modifica la Orden EHA/3127/2009 que aprueba el modelo 190 de declaración resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, las becas exentas establecidas en el artículo 7.j) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, deberán consignarse por parte de la entidad pública concedente en el modelo 347 siempre y cuando sean inferiores a los 3.000 euros, por lo que, si son superiores a 3.000 euros se incluirán en el modelo 190.

Por esto se aprobará un nuevo modelo 190 y un nuevo modelo 347.

Además de esta novedad, cabe resaltar más si cabe la modificación de los plazos de presentación de ciertos modelos. Se verán afectados los siguientes:

  • Modelo 171: Declaración informativa. Declaración anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento
  • Modelo 184: Declaración Informativa. Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración anual.
  • Modelo 345: Declaración Informativa. Planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia. Declaración anual partícipes y aportaciones.
  • Modelo 347: Declaración Informativa. Declaración anual de operaciones con terceras personas.

La presentación de estas declaraciones anuales correspondientes al ejercicio 2017 que se presenten en 2018, deberán de hacerse entre el 1 y el 31 de enero y ya no se presentarán en febrero como lo venían haciendo hasta ahora.

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Cabe resaltar por tanto el cambio de plazo de presentación principalmente del modelo 347 el cual existía hasta el 28 de febrero. Es un cambio que a priori parece lógico. Es cierto que enero es un mes con bastante carga fiscal, y el desahogo de poder presentar el modelo 347 en febrero, venia bastante bien a los asesores. No obstante con este nuevo cambio, las comprobaciones del modelo 347 permitirán la confección de un modelo 303 de IVA mucho más certero.

Como ya hemos comentado, este Proyecto de Orden está en trámite aunque su aprobación está bastante próxima. Mantendremos informados a nuestros lectores de las modificaciones que puedan surgir.

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