Medidas para los afectados por las “preferentes”

Medidas para los clientes afectados por las “preferentes” - INEAF

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17/04/2013

Aprovechamos la Resolución en la que se publica la convalidación del Real Decreto Decreto-ley 6/2013, de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión, para analizar, con algo más de perspectiva y después del Decreto “antidesahucios” puesto en marcha por la Junta de Andalucía, algunos aspectos fundamentales de esta nueva normativa.Medidas para los clientes afectados por las “preferentes” - INEAF

Desgranaremos los principales artículos de esta normativa, polémica para algunos sectores, por considerarla insuficiente.

  • Al hilo de la polémica a causa de las llamadas “preferentes” se crea una comisión de seguimiento de instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada. Esta comisión se encargará de revisar las reclamaciones judiciales y extrajudiciales  relativas a la comercialización de instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada, pero, exclusivamente, de las entidades en las que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria tenga participación, es decir, de entidades que se han acogido al “rescate” bancario”. Esta comisión tendrá entre sus funciones:
    • Analizar qué factores han provocado las reclamaciones, tanto judiciales como extrajudiciales.
    • Remitir un informe al Congreso, con una periodicidad trimestral, sobre qué elementos son los más concurrentes en las reclamaciones.
    • Evaluar propuestas a las autoridades para mejorar la protección del inversor ante este tipo de productos.
    • Determinar qué criterios básicos habrán de emplear las entidades participadas en el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) para ofrecer a sus clientes que se sometan al arbitraje.
    • El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito podrá adoptar medidas que faciliten la implementación de asistencia financiera europea para la recapitalización de entidades de crédito españolas, pudiendo comprometer su patrimonio para prestar dichas garantías. Se trata de una derrama extraordinaria al Fondo de Garantía de Depósitos para dar liquidez en los canjes por acciones.

    “Se crea una comisión de seguimiento de instrumentos híbridos de capital”

    • Asimismo, los servicios de atención al cliente y los defensores del cliente de entidades financieras deberán atender todas aquellas reclamaciones relacionadas con los compromisos suscritos por entidades de crédito.

Respecto al canje, para el Gobierno es esencial facilitar la obtención de liquidez a todos aquellos propietarios de acciones en Catalunya Banc y Nova Galicia Banco, por tratarse de entidades que no cotizan en mercados secundarios, ni está previsto que lo hagan, al menos de momento.

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