Legislación de envases y residuos de envases

Legislación de envases y residuos

Con motivo de la publicación de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados se ha producido un cambio en la legislación de envases y residuos de envases. Se han introducido medidas para luchar contra el cambio climático. Y proteger el medio marino con el objetivo de alcanzar el desarrollo de la economía circular.

La jerarquía planteada es: prevención, preparación para la reutilización, reciclado, otro tipo de valorización y eliminación. También hay que prestar atención a las cuestiones asociadas a los plásticos de un solo uso y medidas de prevención en los establecimientos que vendan productos frescos. En estos establecimientos se aceptará el empleo de recipientes reutilizables.

El Real Decreto de Envases y Residuos de Envases se aprobará previsiblemente antes que termine el año 2022. Los planteamientos, tanto del nuevo Real Decreto, como de la Ley 7/2022, son muy ambiciosos. Se confía que el desarrollo reglamentario ayude a una adecuada aplicación.

Con esta nueva regulación se adapta la norma a la realidad, donde el poseedor del envase se encarga de la gestión (asume la responsabilidad).

Objetivos y medidas

En primer lugar, se hace especial énfasis sobre la necesidad de reducir la cantidad de residuos. En segundo lugar, la preparación para la reutilización y, en tercer lugar, sobre la reciclabilidad de los envases.

Lo que ha dado lugar a más controversia entre los operadores ha sido las medidas para dar respuesta a la reducción y reutilización. De esta manera, resulta interesante analizar el impacto de estas medidas sobre cada parte que constituye la cadena de valor, incluido el consumidor y las empresas recicladoras.

Uno de los mayores impactos recae sobre los fabricantes de envases. Estas medidas legislativas y las que se están desarrollando van enfocadas a la sostenibilidad del conjunto del envase y el producto, evitando problemas de deterioro de alimentos.

Los envasadores del producto también se verán afectados al tener que reducir las botellas a un solo uso. Las grandes superficies tendrán que modificar sus espacios para incorporar estaciones de recarga de productos. Y como consecuencia los consumidores empezaremos a ver cambios en los supermercados.

En cuanto a las empresas recicladoras les implicará de manera positiva puesto que llegarán envases que son más fáciles de reciclar pero como parte negativa destacaremos que se reducirán las botellas de un solo uso.

Se introduce el concepto de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP). Es decir, tanto el poseedor final del envase como los envasadores y comerciantes tienen que presentar la Declaración de Envases a los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP).

La nueva norma no va a cambiar la gestión del envase industrial, porque ya venía reutilizándose y reciclándose, a diferencia del envase doméstico.

Los SCRAP serán organismos sin ánimo de lucro. Únicamente formados por envasadores, que harán que las empresas cumplan con sus obligaciones. Colaborando de manera económica y sostenible al buen funcionamiento del sistema.

Nuevas obligaciones de la legislación de envases y residuos

Para los envasadores:

  • Inscripción en el registro de envasadores, en el plazo de 3 meses desde la fecha de entrada en vigor del RD.
  • Obligaciones de información de envases puestos en el mercado (DAE, declaración anual de envases).
  • Cumplimiento de objetivos: prevención, reutilización y reciclado.
  • Certificado de pertenencia a Sistema RAP.
  • EL SCRAP estará formado sólo por envasadores y los envasadores velaran porque se cumplen la RAP y la correcta gestión de los envases.
  • Podrán seguir vendiendo sus productos en envases que luego el poseedor final del envase se encargue de gestionarlo directamente con un gestor autorizado.
  • Podrán llegar a acuerdos con los poseedores finales de los residuos de envases reutilizables, de forma que sean éstos los que asuman, en nombre de los primeros la responsabilidad de la organización, de la gestión de los residuos y del cumplimiento de los objetivos según jerarquía de residuos.

SCRAP:

  • Entidades sin ánimo de lucro.
  • Sujeto a autorización.
  • Cumplimiento jerarquía de residuos, según Ley 7/2022, primero se prima la reutilización, después el reciclado.
  • Gestores adheridos, modelos de operación y funcionamiento.
  • Podrán celebrar acuerdos con los poseedores finales de los residuos de envases industriales, de forma que sean éstos los que asuman, en nombre de los productores, la responsabilidad de la organización y de la gestión de los residuos, debiendo establecerse los mecanismos oportunos de información y financiación correspondientes a cada una de las partes.

A qué productos se aplicaría la legislación de envases y residuos de envases:

  • Botellas para bebidas de plástico de un solo uso,
  • los envases regulados en la Directiva (UE) 2019/904,
  • envases de bebidas en el sector HORECA, para aguas, cervezas y bebidas refrescantes,
  • envases comerciales e industriales,
  • frascos, garrafas y artículos similares de plástico de hasta 5 litros de capacidad, incluidos sus tapones y tapas.
  • botes, tarros, tarrinas, bandejas, cestas y otros artículos similares de plástico.
  • películas de plástico utilizadas en aplicaciones de envasado primario, incluido embolsados, revestimientos, tapas despegables o envoltorios,
  • películas de plástico utilizadas en aplicaciones de envasado secundario, como envolturas retráctiles, revestimientos, sacos, embalaje de burbujas, sobres…
  • palés, cajas y contenedores de almacenamiento al por mayor y otros artículos similares de plástico,
  • y envases de plástico reciclado entre otros.

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