¿Cuáles son las fuentes del derecho mercantil? Qué estudiar para especializarse en Derecho Mercantil

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12/07/2021

Como una rama más del derecho, el derecho mercantil, según la RAE, es la “rama del derecho privado que estudia el estatuto del comerciante y de las instituciones y relaciones específicas del tráfico mercantil”.

Para poder hacer un estudio más pormenorizado de las fuentes del derecho mercantil, hay que partir de un concepto de fuente del derecho.

Se podría definir como todo hecho o acto del que el Ordenamiento Jurídico hace depender la producción de normas jurídicas. Según la RAE, “principios, normas escritas y costumbres de los que, junto con las interpretaciones sostenidas por la jurisprudencia, se nutra el ordenamiento jurídico y constituyen la base del derecho objetivo”.

Problemática con las fuentes del derecho mercantil

En España, las fuentes del Derecho Mercantil representan un conjunto de leyes y normas, como medio de manifestación, por parte del derecho objetivo.

Partiendo del art. 1.1 del CC, la prelación de fuentes de nuestro ordenamiento: “la ley, la costumbre y los principios generales del derecho”, es aplicable por analogía al Derecho Mercantil. Esto, por supuesto, teniendo presente que la Constitución Española es fuente suprema del Derecho en España y que de la misma deriva la legitimidad del resto del Ordenamiento Jurídico.

Pero ¿Qué ocurre con el Código de Comercio?

 El art. 2 C.com, en su párrafo 1º, en relación a los llamados “actos de comercio”, establece algunas especialidades con respecto a la prelación de fuentes dentro del derecho mercantil:

 “Los actos de comercio, sean o no comerciantes los que los ejecuten, y estén o no especificados en este Código, se regirán por las disposiciones contenidas en él; en su defecto, por los usos del comercio observados generalmente en cada plaza, y, a falta de ambas reglas, por las del Derecho común”.

Este precepto enumera y determina el orden jerárquico de las fuentes reconocidas del Derecho mercantil, también denominadas fuentes directas:

1º. Ley mercantil (C.com. y las leyes especiales que resulten de aplicación).

2º. A falta de la anterior, usos del comercio de cada lugar.

3º. Finalmente, el Derecho común, es decir, el Derecho Civil.

En definitiva, si estamos ante un acto de comercio, no regirá con orden de preferencia lo establecido por el art. 1.1 CC. Fácil ¿Verdad? O no tanto… esa prelación establecida por el art. 2 C.com deja de actuar en base a la aplicación del art. 50 C.com, y la regulación de los contratos mercantiles.

Los actos de comercio contractuales

El C.com, en su art. 50, regula los contratos mercantiles estableciendo:

Los contratos mercantiles, en todo lo relativo a sus requisitos, modificaciones, excepciones, interpretación y extinción y a la capacidad de los contratantes, se regirán, en todo lo que no se halle expresamente establecido en este Código o en las Leyes especiales, por las reglas generales del Derecho común. (Art. 50 C.com).

Por tanto, se instaura, nuevamente, el régimen análogo de aplicación del art. 1. CC, en todo lo relativo al nacimiento, cumplimiento y extinción de los contratos mercantiles, siendo el orden de aplicación:

1º. Ley mercantil (C.com. y las leyes especiales que resulten de aplicación debido a las mutaciones del derecho como, por ejemplo: el Texto Refundido de la Ley Concursal).

2º. El Derecho común, es decir, el Derecho Civil.

Es el propio C.com el que llama al CC, en materia contractual, para que su supla las laguas de regulación existentes.

Otro aspecto a tener en cuenta son las fuentes indirectas, como la jurisprudencia mercantil.

La influencia de la potestad legislativa en las fuentes del derecho mercantil

En antaño, el sistema tradicional de prelación de fuentes se basaba en la emanación de leyes, por parte del Estado, como único poder, pero la influencia de la potestad legislativa, en sus distintos niveles, hace que, actualmente, tengamos que tener presente la distinción entre fuentes formales y materiales.

De las fuentes formales ya hemos hablado, siendo estas: La Ley, la costumbre y los principios generales del derecho. En cambio, con las fuentes materiales nos referimos, en palabras de Sánchez Calero, a las fuerzas sociales que crean las normas: El Estado, las Comunidades Autónomas, la Unión Europea, etc.

 En otras palabras, ha ocasionado que hablemos del Derecho Comunitario como fuente del Derecho Mercantil, cuyo orden de prelación sería:

  • Directivas (Previa transposición).
  • Reglamentos.
  • Las decisiones y recomendaciones.
  • Las sentencias del Tribunal de Justicia de la CE.

Y, es que, la primacía del Derecho comunitario y su efecto sobre el ordenamiento jurídico español se sustenta, en base a la Sentencia de 13 de febrero de 1969, del Tribunal de Justicia de la Comunidad, por considerar que: “la aplicación uniforme del Derecho comunitario, en todos los Estados miembros, es fundamental para la existencia de la Comunidad”.  Esto último, por ser este directamente aplicable, dicho derecho comunitario, en los Estados Miembros.

En lo relativo al ámbito nacional, hay que matizar que la distribución de competencias entre el Estado y las CCAA afecta de manera directa a las fuentes del Derecho mercantil. Esto debido a la propia potestad legislativa que, por materia, pueda corresponder al Estado o las CC.AA.

Qué estudiar para especializarse en Derecho Mercantil

No es ninguna novedad, que una de las ramas del Derecho que más demandan profesionales especializados, es Derecho mercantil, por ser aquella que regula el ejercicio de la actividad económica, y como rama del derecho privado, se encarga de legislar las relaciones comerciales (actos de comercio), así como los operadores jurídicos que intervienen en el tráfico mercantil, con el objetivo de conseguir la justicia y equidad económica, evitando el fraude económico.  

Teniendo en cuenta que este derecho es muy cambiante, y que se va a adaptando a la realidad comercial existente, los campos del derecho mercantil se pueden clasificar en:

  • Derecho contractual.
  • Derecho concursal.
  • Derecho bancario.
  • Derecho de Propiedad Industrial.
  • Derecho cambiario.
  • Derecho societario.
  • Derecho marítimo.

Una de las bases de la especialización mercantil es el Derecho, por lo que el estudio del Grado en Derecho con alguna formación complementaria en derecho mercantil es una salida profesional tan atractiva como productiva. Es un sector que afecta a despachos de abogados, asesorías, consultorías, empresas en general en sus actividades diarias, y que requiere de profesionales cualificados.

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