Conoce la Ley de Secretos Oficiales 2022

ley de secretos oficiales 2022

El Consejo de Ministros, en agosto de 2022, aprobó, de mano del Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática Félix Bolaños García, el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada. Esta también se conoce como la Ley de Secretos Oficiales 2022.

Esta denominación de Ley de Secretos Oficiales se da por asimilación con la regulación actualmente vigente, la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales. Precisamente, surge esta nueva regulación para sustituir la preconstitucional de 1968 y el Decreto 242/1969, de 20 de febrero, por el que se desarrollan las disposiciones de la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre Secretos Oficiales.

Según el propio texto del Anteproyecto de Ley, la Ley de Secretos Oficiales 2022 nace con el objetivo de:

  • Actualizar el régimen jurídico sobre información y materias clasificadas existente en España.
  • Homologar la regulación estatal sobre información clasificada a los estándares internacionales sobre la materia.

En definitiva, la razón de esta Ley es la siguiente: adaptar nuestro ordenamiento jurídico a los estándares de tratamiento de la información clasificada que tienen la mayoría de estados de Europa y la OTAN.

Asimismo, pretende establecer un equilibrio entre la transparencia y el derecho a la información, a conocer, por un lado, y la seguridad nacional, por otro. ¿Quieres saber más sobre qué es la Ley de Secretos Oficiales 2022? ¡Vamos allá!

CATEGORÍAS DE CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN

Antes de nada, es importante que conozcas cómo se categoriza la clasificación de la información. ¡Veamos!

  • Alto secreto.
  • Secreto.
  • Confidencial.
  • Restringido.

Alto Secreto en la Ley de Secretos Oficiales 2022

Por un lado, la clasificación de «Alto secreto» se aplicará a la información que precise del más alto grado de protección. En concreto, toda vez que su revelación no autorizada o utilización indebida pueda dar lugar a una amenaza o perjuicio extremadamente grave para los intereses de España. Esto será así en los siguientes ámbitos:

a) La soberanía e integridad territorial.

b) El orden constitucional y la seguridad del Estado.

c) La seguridad nacional.

d) La defensa nacional.

e) La seguridad pública y la vida de los ciudadanos.

f) La capacidad o la seguridad de las Fuerzas Armadas de España o de sus aliados, o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

g) La efectividad o seguridad de las misiones y operaciones de los servicios de inteligencia o de información de España o de sus aliados, o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

h) Las relaciones exteriores de España o situaciones de tensión internacional.

i) Los intereses económicos o industriales de carácter estratégico.

j) Cualquier otro ámbito cuya salvaguarda requiera de la más alta protección.

Secreto en la Ley de Secretos Oficiales 2022

La clasificación de «Secreto» se aplicará a la información que precise de un alto grado de protección, toda vez que su revelación no autorizada o utilización indebida pueda dar lugar a una amenaza o perjuicio grave para los intereses de España en los siguientes ámbitos:

  1. La soberanía e integridad territorial.
  2. El orden constitucional y la seguridad del Estado.
  3. La seguridad nacional.
  4. La defensa nacional.
  5. La seguridad pública y la vida de los ciudadanos.
  6. La capacidad o la seguridad de las Fuerzas Armadas de España o de sus aliados, o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  7. La efectividad o seguridad de las misiones y operaciones de los servicios de inteligencia o de información de España o de sus aliados, o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  8. Las relaciones exteriores de España o situaciones de tensión internacional.
  9. Los intereses económicos o industriales de carácter estratégico.
  10. Cualquier otro ámbito cuya salvaguarda requiera de un alto grado de protección.

Confidencial en la Ley de Secretos Oficiales 2022

¿Y qué es algo confidencial? ¡Mira!

La clasificación de «Confidencial» se aplicará a la información cuya revelación no autorizada o utilización indebida pueda causar una amenaza o perjuicio leve para los intereses de España en los siguientes ámbitos:

  1. El efectivo desarrollo de las políticas del Estado o del funcionamiento del sector público.
  2. Negociaciones políticas o comerciales de España con otros Estados.
  3. Los intereses económicos o industriales.
  4. Funcionamiento de los servicios públicos.
  5. La prevención, detección e investigación de delitos.
  6. Cualquier otro ámbito que pueda causar una amenaza o perjuicio leve para los intereses de España.

Restringido en la Ley de Secretos Oficiales 2022

¿Qué significa la denominación de restringido?

La clasificación de «Restringido» se aplicará a la información cuya revelación no autorizada o utilización indebida pueda ser contraria a los intereses de España en cualquiera de los ámbitos relacionados en los apartados anteriores.

Información clasificada en la Ley de Secretos Oficiales 2022

Cualquier información que tenga o a la que haya sido reconocida y aplicada una categoría de clasificación de las anteriormente descritas se denominará, genéricamente, «Información clasificada».

De manera particularizada o individualizada, «Información clasificada en la categoría de: «Alto secreto», «Secreto», «Confidencial» o «Restringido».

CORRESPONDENCIA ENTRE CATEGORÍAS DE CLASIFICACIÓN

¡Vamos un poco más allá! Por un lado, aquí diferenciaremos las categorías actuales y las que se aplicarán cuando entre en vigor esta nueva norma. ¡Veamos!

  • El actual Secreto, pasa a ser Alto Secreto.
  • Reservado, pasa a ser Secreto.
  • Confidencial, se mantiene como confidencial.
  • Difusión limitada, pasa a ser restringido.

Correspondencia con la clasificación europea y OTAN

A los efectos de la información clasificada intercambiada en interés con la Unión Europea o la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), se entenderá que la correspondencia entre las categorías de clasificación española es la siguiente:

Categoría UECategoría OTANCategoría AEECategoría de clasificación española
Très Secret UE/ EU Top SecretCOSMIC Top SecretESA Top SecretAlto secreto
Secret UE/ EU SecretNATO SecretESA SecretSecreto
Confidentiel UE/ EU ConfidentialNATO ConfidentialESA ConfidentialConfidencial
Restreint UE/ EU RestrictedNATO RestrictedESA RestrictedRestringido

COMPETENCIA PARA LA CLASIFICACIÓN

Pero, entonces… ¿De quién es la competencia para la clasificación en estas denominaciones? ¡Te hablamos de ello a continuación!

Clasificación como Alto Secreto y Secreto según la Ley de Secretos Oficiales 2022

La competencia para clasificar como “Alto Secreto” y “Secreto” corresponderá al Consejo de Ministros. Así, podrá declararse como «Alto secreto» o «Secreto», directamente por Ley y sin necesidad de incoar el procedimiento de clasificación establecido en el Capítulo II del Título II del Anteproyecto de Ley de Información Clasificada.

La información que se refiera a un ámbito específico de las materias de seguridad o defensa nacional, podrá declararse «Alto secreto» o «Secreto» directamente por Ley.

Clasificación como Restringido y Confidencial

¿Y qué hay de la clasificación como “Restringido” o “Confidencial”? En este caso, podrán hacerla un elenco tasado de autoridades que se recogen en el artículo 4 del Anteproyecto de Ley. Entre ellas, se encuentran:

  • Los Ministerios, Secretarías de Estado y Subsecretarías en sus respectivos Departamentos.
  • Los titulares del CNI, el DSN, el Consejo de Seguridad Nuclear
  • La Dirección General de la Policía y la Guardia Civil, entre otros.

DESCLASIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y PLAZOS

En función de la categoría, los plazos para la desclasificación de documentos oscilan entre varias cifras. ¡Te las mostramos!

Por un lado, entre los 50 años para los altos secretos (la información que se considerará más sensible). Por otro lado, los cuatro años para la información restringida, aunque ese periodo podrá prorrogarse en algunos casos.

Actualmente, no existe plazo límite alguno para la desclasificación de la información de carácter reservado.

Desclasificación de Documentos 

Para la información que ya ha sido clasificada con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Información Clasificada, se prevé un procedimiento de desclasificación. Este se podrá iniciar:

  • De oficio.
  • A petición de personas directamente afectadas.

Asimismo, tienes que saber que se deberá indicar:

  • El interés en la información requerida, las razones que justifican la desclasificación solicitada e identificar pormenorizadamente la información que se solicita desclasificar.

CREACIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN CLASIFICADA

¿Quién tiene la autoridad nacional para la protección de la información clasificada? ¡Vamos a conocer más!

De acuerdo con las previsiones del artículo 6, la Autoridad Nacional para la protección de la información clasificada, ejercida por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, es:

La autoridad responsable de la protección y tratamiento de la información de origen nacional que se clasifique en las categorías de «Alto secreto», «Secreto» y «Confidencial» y de toda la información clasificada que España reciba de otros Estados u organizaciones internacionales, cualquiera que sea su categoría de clasificación.

Principales funciones de la Ley de Secretos Oficiales 2022

En definitiva, las funciones principales de la Ley de Secretos Oficiales 2022 son las siguientes. ¡Veamos!

  • Garantizar el cumplimiento de la normativa nacional y las obligaciones internacionales asumidas por España en tratados internacionales.
  • Asesorar técnicamente al Gobierno en esta materia.
  • Coordinar la actividad de las nuevas unidades de información clasificada.
  • Valorar la idoneidad de las personas que deban tener acceso a información clasificada en la categoría de “Alto Secreto”, “Secreto” o “Confidencial”, para concederles la habilitación para el tratamiento profesional de dicha información.
  • Llevar a cabo el Registro de Diligencias de clasificación, el Registro de Directivas de clasificación y el Registro de Seguridad, en el que se inscribirán:
    • Las Habilitaciones Personales de Seguridad.
    • Las Habilitaciones de Seguridad de Empresa.
    • Las Habilitaciones de Seguridad los Registros.

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN CLASIFICADA

En el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada se regula, también por primera vez, el derecho de acceso a la información clasificada.

El acceso a la información clasificada se basará siempre en la necesidad de conocer, que deberá justificarse adecuadamente. El acceso a dicha información se limitará exclusivamente a aquellas personas que lo requieran por razón del cargo o responsabilidad que ostenten.

Este derecho incluye:

  • El acceso parlamentario, a través de la Comisión Parlamentaria que controla los créditos destinados a gastos reservados.
  • Las posibilidades de acceso y control de cualquier persona directamente afectada, a través de un recurso que se sustanciará por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.

Además, establece las garantías para el tratamiento, la protección y custodia de la información clasificada, así como el régimen aplicable cuando se transmite información a otros Estados y organismos internacionales.

RÉGIMEN SANCIONADOR

Por último, podemos destacar que el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada incluye un régimen sancionador en caso de acceso o difusión indebida. Este establece multas que pueden oscilar entre los 50.000 euros y los tres millones de euros.

Sin perjuicio de las responsabilidades penales que se deriven y de otras sanciones accesorias, como pueden ser:

  • La prohibición de contratar con administraciones públicas o, en el caso de funcionarios y autoridades, la separación del cargo.

Entre las infracciones muy graves que pueden dar lugar a la máxima sanción se encuentra, por ejemplo:

  • La difusión, por cualquier medio, de información clasificada en las categorías de “Alto Secreto” o “Secreto”.
  • El acceso a información de dichas categorías sin tener la correspondiente habilitación.
  • La entrega a potencias extranjeras de esta información cuando no exista un Tratado internacional para el intercambio.

Entre otros muchos supuestos de los contemplados en el artículo 41 del Anteproyecto de Ley de Información Clasificada.

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