Excedencia voluntaria de las personas trabajadoras

Excedencia voluntaria del trabajador

Por
24/11/2020

La excedencia es la posibilidad que tiene la persona trabajadora de dejar de prestar servicios a su empresa durante un periodo de tiempo determinado manteniendo vigente el contrato de trabajo, con posibilidad de reincorporarse a la empresa una vez que finaliza el plazo de duración o la causa que originó la excedencia.

La excedencia voluntaria se encuentra contemplada en el artículo 45 y siguientes del Estatuto de los Trabajadores. Este período permite al empleado suspender temporalmente su relación laboral, manteniendo el derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo posteriormente.

La persona trabajadora puede solicitar una excedencia en los siguientes supuestos:

En el artículo de hoy vamos a profundizar en el supuesto de excedencia voluntaria.

Requisitos para solicitar una excedencia voluntaria

Para solicitar una excedencia voluntaria, el Estatuto de los Trabajadores exige únicamente que el empleado haya acumulado al menos un año de antigüedad en la empresa, sin importar el tipo de contrato que tenga.

Además, un trabajador solo puede solicitar una nueva excedencia voluntaria después de haber pasado un período de cuatro años desde el fin de la última excedencia voluntaria que haya tomado.

Solicitud de excedencia voluntaria

El Estatuto de los Trabajadores no establece un procedimiento específico para esto. El empleado deberá presentar una solicitud por escrito para pedir una excedencia voluntaria, indicando claramente la duración, es decir, las fechas de inicio y finalización.

El empleado no puede decidir unilateralmente tomar la excedencia; es necesario que la empresa acepte la solicitud. Si la empresa niega este derecho, se debe presentar una demanda.

El empresario debe reconocer explícitamente la situación de excedencia voluntaria, preferentemente por escrito. Una vez aceptada, el trabajador no puede pedir la reincorporación ni la empresa puede revocarla antes de la fecha de finalización establecida.

Consecuencias de la solicitud de excedencia voluntaria para el trabajador

Las principales consecuencias de una solicitud de excedencia voluntaria para un trabajador son las siguientes:

  • La relación laboral no se termina.
  • El contrato de trabajo se considera en pausa.
  • El trabajador no recibirá salario.
  • Se suspende la obligación del empresario de cotizar.
  • Se suspende la obligación del trabajador de cotizar.
  • El período de excedencia no se cuenta para la antigüedad del trabajador en la empresa.
  • El trabajador no tiene derecho a la prestación por desempleo.

La persona trabajadora tiene la obligación de respetar la buena fe contractual, no puede prestar sus servicios en otra empresa realizando competencia desleal. En este caso, la persona trabajadora podrá ser despedida por causas disciplinarias, sin derecho a indemnización.

La persona que se encuentra en situación de excedencia voluntaria mantiene únicamente un derecho preferencial para reincorporarse a vacantes que sean de la misma o similar categoría a la que tenía previamente en la empresa. No obstante, esto no implica que se le reserve su puesto de trabajo original.

Duración de la excedencia

La duración de la excedencia podrá ser elegida por el trabajador, siempre dentro de los límites establecidos en el artículo 46 del Estatuto. Este periodo debe ser como mínimo de cuatro meses y como máximo de cinco años. No obstante, el convenio colectivo aplicable puede extender el periodo máximo permitido para la excedencia.

El trabajador no tendrá derecho a solicitar una prórroga de la excedencia voluntaria, salvo que el convenio colectivo lo contemple. Sin embargo, esto no excluye la posibilidad de que la empresa y el trabajador lleguen a un acuerdo para extender dicho periodo.

Fin de la Excedencia y Regreso al Trabajo

Para retomar su puesto, el empleado debe solicitar la reincorporación antes de que termine el periodo de excedencia. Si no lo hace, perderá el derecho preferente al reingreso.

El procedimiento estándar implica notificar por escrito a la empresa la intención de finalizar la excedencia y solicitar la reincorporación. Si no hay vacantes disponibles en una categoría igual o similar a la anterior, el derecho de reincorporación del empleado se mantiene indefinidamente.

Al concluir la excedencia, el empleado puede encontrarse en una de las siguientes situaciones:

  1. Solicitud y Aceptación de la Reincorporación:

    • El empleado solicita regresar y la empresa acepta debido a la disponibilidad de un puesto vacante acorde a su grupo profesional. El empleado mantiene su antigüedad.
  2. Solicitud sin Vacante Disponible:

    • El empleado solicita regresar, pero la empresa no acepta la solicitud debido a la falta de un puesto vacante acorde a su grupo profesional. En este caso, el empleado conserva su derecho preferente al reingreso en futuras vacantes de igual o similar categoría que se produzcan en la empresa.
  3. Negación del Derecho de Reingreso:

Este proceso asegura que los derechos del empleado sean respetados, ya sea mediante su reincorporación o la conservación de su derecho preferente hasta que surja una vacante adecuada.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

ARTÍCULOS RELACIONADOS