El cometido principal de la Ley para el Cumplimiento del Estándar de Transparencia Fiscal -conocida como “Ley de Transparencia Fiscal” (LTF)- es proporcionarle a la Administración Tributaria una herramienta más eficaz, que facilite un conocimiento mayor sobre la información bancaria de los contribuyentes.
Esta herramienta le permitirá a la administración exigir a los bancos -mediante el juez de lo contencioso en un tribunal- que proporcionen todo tipo de información acerca del sujeto a inspeccionar.
El método que sigue la LTF es fiscalizar un proceso de inspección, considerando el secreto bancario “previsiblemente pertinente a efectos tributarios”. Este hecho ha sido objeto de crítica, calificándolo como un abuso y una violación de los derechos constitucionales del contribuyente. Aun así, la solicitud de la información bancaria por parte de la Administración Tributaria está precedida, como anteriormente se expone, por un proceso de fiscalización, evitando que se solicite y luego se fiscalice “por si hay suerte”.
“Esta ley refuerza la capacidad de inspección de la Administración, y debilita la capacidad de evasión fiscal de determinados patrimonios”
La naturaleza de esta ley es minimizar la evasión fiscal de las grandes fortunas objeto de sospecha por parte de la Administración. El pequeño contribuyente, que sí cumple sus obligaciones tributarias con la diligencia pertinente, no se verá afectado por esta normativa.
La cuestión más polémica de la LTF es que no impone una obligación a las entidades bancarias de informar a su cliente de que la Administración Tributaria está abriendo su secreto bancario.
En conclusión, esta ley refuerza la capacidad de inspección de la Administración, y debilita la capacidad de evasión fiscal de determinados patrimonios, sin perjuicio de que ambas partes puedan distorsionar la ley en favor de sus intereses.
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