El nuevo índice hipotecario

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17/11/2013

El pasado 1 de noviembre, definitivamente entró en vigor el nuevo índice hipotecario que sustituye al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), después de un retraso por parte del Gobierno de 6 meses. Veamos de qué trata el IRPH y su sustituto.

 Como bien sabemos, existen varios índices de referencia para las hipotecas a interés variable, entre los que se destacan el Euribor, el CECA (índice creado por la Confederación Española de las Cajas de Ahorro) y el IRPH. Éste último se divide en 3 modalidades:

1) IRPH de bancos: el porcentajnuevo índice hipotecario - INEAFe es la media obtenida a partir de los tipos medios de interés de los préstamos hipotecarios con un plazo superior a tres años que han sido concedidos por los bancos durante el mes.

2) IRPH de cajas de ahorro: se calcula igual que el anterior pero  en este caso se trata de los préstamos formalizados en las Cajas de Ahorros, es decir, es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años que han sido concedidos por las Cajas de Ahorros.

3) IRPH del Conjunto de Entidades: es una media de los dos índices anteriores

Por lo general, ante la falta de información, los bancos y cajas han intentado justificarnos la utilización del IRPH, ya que es menos volátil que el Euribor, pero lo cierto es que su valor siempre lo hemos encontrado mucho más alto que el del Euribor, hablando de diferencias de hasta casi 3 puntos porcentuales.

Pues bien, la nueva Ley de Emprendedores, aprobada definitivamente en septiembre, incluía una modificación sobre el nuevo índice hipotecario que sustituye al IRPH-Cajas, IRPH-Bancos y el tipo CECA. Este nuevo índice será una media de las diferencias entre el tipo que desaparece y el nuevo valor, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en que efectivamente se produce la sustitución del tipo.

 El nuevo índice se aplicará siempre y cuando el contrato hipotecario no prevea la sustitución del IRPH por otro tipo concreto, y sólo a partir de la fecha de revisión que se prevea en cada contrato.

“Según los expertos y asociaciones, este nuevo índice seguirá siendo muy superior al Euribor”

 Según los expertos y algunas de las asociaciones como Adicae (Asociación de usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España) este nuevo índice, igualmente, seguirá siendo muy superior al Euribor, situando los tipos cerca del 4%, calculándose que hará perder a los hipotecados una media de 2.000 euros.

Por tanto, los clientes que contraten préstamos bajo este referente seguirán estando gravemente afectados y nuevamente los bancos serán los beneficiados. De hecho, las asociaciones y los grupos de oposición pedían sustituir el IRPH por el Euribor más un máximo del 1%.

Por otro lado, el ministro de Economía, Luis de Guindos, aseguró que “no producirá el más mínimo encarecimiento en ningún tipo de hipoteca”. Lo que está claro es que tanto el antiguo como el nuevo índice son abusivos. Por tanto, seguirán siendo los bancos lo beneficiados de esta nueva reforma.

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