Contabilidad del deterioro de bienes subvencionados

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El deterioro de los bienes de inmovilizado lo hemos tratado ya en esta tribuna. Hoy queremos comentar un caso particular como es el deterioro de bienes subvencionados.

Cuando hablamos de deterioro de un bien de inmovilizado, normalmente nos viene a la cabeza el concepto de amortización. Es cierto que la amortización refleja la depreciación que sufre el inmovilizado pero son muchos más los aspectos que debemos tener en cuenta.

Entre ellos nos encontramos con la posibilidad de que esa depreciación sea o no reversible, coyuntural o estructural, etc.  Además hoy queremos añadir un caso particular

¿Qué pasa con el deterioro de bienes subvencionados?

Clases de deterioro en el inmovilizado de bienes

Cuando hablamos de deterioro nos podemos referir a los siguientes tipos de pérdidas.

a) Pérdida definitiva

Si la pérdida de valor del inmovilizado es definitiva, tanto total como parcial la vamos a contabilizar dando de baja el bien de inmovilizado y anotando su importe en la 671. El asiento puede ser el siguiente:

 

Debe

Haber

(281) Amortización del inmovilizado material

 xxxxx

(671) Pérdidas procedentes del inmovilizado material

xxxxx

(21) Inmovilizado material

xxxx

b) Pérdida sistemática e irreversible (la amortización)

La amortización refleja la pérdida sistemática y racional que presenta el inmovilizado con carácter irreversible por su funcionamiento  uso y disfrute o por su obsolescencia.

El asiento que refleja esta pérdida de valor sabemos que es este:

 

Debe

Haber

(681) Amortización del Inmovilizado Material

xxxx

(281) Amortización acumulada del Inmovilizado Material

xxxx

c) Pérdida irreversible (corrección valorativa o pérdidas por deterioro)

Reflejan las pérdidas de valor del inmovilizado con carácter reversible. Se produce cuando  el valor contable del bien supera a su importe recuperable.

En el momento que se dota

 

Debe

Haber

(691) Pérdidas por deterioro del inmovilizado material

xxxx

(291) Deterioro de valor del inmovilizado material

xxxx

Si en un momento dado revierte el deterioro

 

Debe

Haber

(291) Deterioro de valor del inmovilizado material

xxxx

(791) Reversión del deterioro del inmovilizado material

xxxx

Es esta pérdida precisamente la que se va a ver afectada si el bien estuviera subvencionado.

Deterioro de bienes subvencionados

El Punto 1 de la  Norma de valoración 18 de registro y valoración del PGC nos dice lo siguiente:

Se consideran en todo caso de naturaleza irreversible las correcciones valorativas por deterioro de los elementos en la parte que estos hayan sido financiados gratuitamente.”

Es decir, si tenemos un bien subvencionado en parte y este se deteriora, debemos distinguir dos tipos de corrección

  1. Una como irreversible por la parte del bien subvencionada
  2. Otra como reversible por el resto del bien

Vamos a comentarlo con un caso práctico:

Caso práctico

El 01.01.01 nos conceden una subvención para la adquisición de un elemento de transporte. El importe de la subvención es de 10.000 y el precio del vehículo 12.000 con una vida útil de 10 años.

(Prescindimos de los efectos fiscales para hacer más sencillos los apuntes que nos interesan)

  1. Cuando me conceden la subvención.

 

Debe

Haber

(4708) H.P. Deudora por subvenciones concedidas

10.000

(940) Ingresos de  subvenciones oficiales de capital

10.000

  1. Cuando nos la abonan.

 

Debe

Haber

(572) Banco c/c

10.000

(4708) H.P. Deudora por subvenciones concedidas

10.000

  1. Por la adquisición del vehículo.

 

Debe

Haber

(218) Elementos de transporte

12.000

(572) Banco c/c

12.000

  1. Al cierre del año 1 haremos las siguientes operaciones:

a) Regularizamos el saldo de la cuenta del grupo 9 (que no pueden tener saldo al final del ejercicio) con el subgrupo 13.

 

Debe

Haber

(940) Ingresos de  subvenciones oficiales de capital

12.000

(130) Subvenciones oficiales. de capital

12.000

b) Amortizamos el vehículo atendiendo a su vida útil, esto es 10 años.

 

Debe

Haber

(681) Amortización del Inmovilizado Material

1.200

(281) Amortización acumulada del Inmovilizado Material

1.200

c) Traspasamos la subvención a resultado en la misma proporción que la amortización.

 

Debe

Haber

(130) Subvenciones oficiales. de capital

1.000

(840) Transferencias de subvenciones oficiales de capital

1.000

(840) Transferencias de subvenciones oficiales de capital

1.000

(746) Subvenciones, donaciones y legados de Capital traspasados al resultado del ejercicio

1.000

d) Suponemos que en este ejercicio el valor contable es superior al importe recuperable, por lo que no es necesario contabilizar ningún deterioro.

Al cierre del ejercicio del año 2 haremos las siguientes operaciones:

a) Amortizamos el vehículo atendiendo a su vida útil, esto es 10 años.

 

Debe

Haber

(681) Amortización del Inmovilizado Material

1.200

(281) Amortización acumulada del Inmovilizado Material

1.200

b) Traspasamos la subvención a resultado en la misma proporción que la amortización.

 

Debe

Haber

(130) Subvenciones oficiales. de capital

1.000

(840) Transferencias de subvenciones oficiales de capital

1.000

(840) Transferencias de subvenciones oficiales de capital

1.000

(746) Subvenciones, donaciones y legados de Capital traspasados al resultado del ejercicio

1.000

c) Suponemos que el importe recuperable a esta fecha es de 8.000 euros.

 Hacemos el test del deterioro

  •  Valor contable : 12.000 – 2.400 = 9.600
  •  Importe recuperable: 8.000
  •  DETERIORO : 1.600

 El inmovilizado ha sido financiado gratuitamente en una parte.

  •  Coste del inmovilizado: 12.000
  •  Subvención recibida: 10.000
  •  Parte financiada: 83,3%

 Del deterioro, el 83,3% se considera irreversible, el resto no

  •  Deterioro irreversible: 1.600 x 83,3% = 1.333,33
  •  Deterioro reversible: 1.600 -1.333,33 = 266,66

– Por el deterioro reversible:

 

Debe

Haber

(691) Pérdidas por deterioro del inmovilizado material

266,66

(291) Deterioro de valor del inmovilizado material

266,66

– Por el irreversible:

 

Debe

Haber

(671) Pérdidas procedentes de inmovilizado material

1.333,33

(21) Inmovilizado material

1.333,33

Según el criterio de imputación de las subvenciones concedidas para adquirir inmovilizado se imputará como ingresos del ejercicio en proporción a la dotación a la amortización efectuad en ese periodo o corrección valorativa o baja.

No especifica que la corrección valorativa sea reversible o irreversible, por lo que la llevaremos entera.

La corrección valoraba ha sido de 1.600 con lo que, debemos de llevar de subvención a resultados del ejercicio 1.666 x 83,33% (que es el porcentaje de la subvención respecto al precio total del inmovilizado) = 1.333,33.

 

Debe

Haber

(130) Subvenciones oficiales. de capital

1.333,33

(840) Transferencias de subvenciones oficiales de capital

1.000

(840) Transferencias de subvenciones oficiales de capital

1.333,33

(746) Subvenciones, donaciones y legados de Capital traspasados al resultado del ejercicio

1.333,33

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