Bajada del IVA de los alimentos básicos

IVA de los alimentos

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27/02/2023

A finales de diciembre el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre. En él, se contemplan medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad. Para ello, se propone la reducción del IVA de los alimentos frescos o de primera necesidad durante el primer semestre del año 2023 para paliar la subida de los precios causada por la guerra de Ucrania.

Las iniciativas adoptadas por el Ejecutivo a lo largo del año 2022, como el precio al tope del gas, la rebaja del IVA del gas y de la luz y la prórroga del impuesto especial sobre electricidad han convertido a España en el país de la Unión Europea con la inflación más baja en noviembre, pero la guerra continúa afectando al nivel general de los precios, especialmente de ciertos bienes fundamentales como los alimentos.

Para paliar ese incremento, el Gobierno ha suprimido desde el 1 de enero de 2023 el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de los productos que ya tenían el tipo reducido del 4%. Además, ha bajado del 10% al 5% el IVA de los aceites, incluido el de oliva, y las pastas. De esta forma, se pretende aliviar la situación de las familias, especialmente la de aquellas con bajos ingresos, que dedican una parte mayor de su renta a adquirir esos bienes.

¿A qué alimentos se aplica la rebaja del IVA del 4% al 0%?

Con efectos desde el 1 de enero de 2023 se les aplica el 0% de IVA a:

  • El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
  • Las harinas panificables.
  • Las leches producidas por cualquier especie animal: natural, certificada, pasteurizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
  • Los quesos.
  • Los huevos.
  • Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.

¿A qué alimentos se aplica la rebaja del IVA del 10% al 5%?

Con efectos desde el 1 de enero de 2023 se les aplica el 5% de IVA a:

  • Los aceites de oliva y de semillas.
  • Las pastas alimenticias.

¿A quién beneficia la bajada del IVA de los alimentos básicos?

La reducción del IVA beneficia íntegramente al consumidor, sin que, por tanto, el importe de la reducción pueda dedicarse total o parcialmente a incrementar el margen de beneficio empresarial con el consiguiente aumento de los precios en la cadena de producción, distribución o consumo de los productos, sin perjuicio de los compromisos adicionales que asuman y publiciten los sectores afectados, por responsabilidad social.

¿Hasta cuándo se mantendrá la reducción del IVA?

Estas rebajas tributarias permanecerán en vigor hasta el 30 de junio de 2023. En el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente (la que excluye la energía y los alimentos no elaborados) del mes de marzo sea inferior al 5,5%, la vigencia acabará el 1 de mayo de 2023.

¿Se medirá la efectividad de esta medida fiscal?

La efectividad de esta medida se verificará mediante un sistema de seguimiento de la evolución de los precios, independientemente de las actuaciones que corresponda realizar a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en el ámbito de sus competencias.

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