Aprobación del modelo 548 de “Impuestos especiales de fabricación. Declaración informativa de cuotas repercutidas”

Aprobación del modelo 548 de Impuestos especiales de fabricación - INEAF

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4/06/2013

El pasado mes de mayo se publicó la Orden HAP/779/2013, por la que se aprueba el modelo 548 “Impuestos Especiales de Fabricación. Declaración informativa de cuotas repercutidas”, que obliga a los sujetos pasivos de estos impuestos a repercutir las cuotas devengadas y a soportarlas, según recoge el artículo 14 de los impuestos especiales. También especifica que cuando la transformación, fabricación o almacenamiento sea realizada por cuenta ajena estará obligado a repercutirle al destinatario las cuotas repercutidas que procedan.

Obliga a los sujetos pasivos de estos impuestos a repercutir las cuotas devengadas y a soportarlas”

Del mismo modo deberán presentar una declaración informativa de las personas o entidades destinatarias, según recoge el Real Decreto 1715/2012, de 28 de diciembre, esta declaración informativa debe contener toda la información relativa a persona o entidad, la cuota que se le repercute, el tipo de producto, etc.

Esta orden limita la presentación de estas declaraciones informativas en los casos en que se repercutan las cuotas a los propietarios de los productos, exceptuando el impuesto sobre la electricidad. La exclusión se debe a que estas operaciones no provocan que se devengue el impuesto –esto sólo se hará en los casos de autoconsumo-, por lo tanto no hay transmisión de energía eléctrica y no hay repercusión.Aprobación del modelo 548 de Impuestos especiales de fabricación - INEAF

Dentro del sector de las bebidas alcohólicas, por la gran cantidad de pequeñas operaciones que se realizan, se permite aplazar la obligación de presentar las declaraciones informativas.

El plazo de presentación comprenderá los primeros 20 días después de que se produzca el devengo del impuesto.

Solo se podrá presentar de forma telemática, con el correspondiente certificado electrónico.

Este nuevo modelo permitirá conocer todas las operaciones que se realicen en el ámbito de los impuestos especiales, evitando la dispersión habida hasta ahora. Será un trámite más “molesto” pero también más clarificador.

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