IVA 

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo que consiste en incrementar un porcentaje que se aplica al precio de cada producto o servicio recibido de manera que en cada compra pagamos el precio del bien más el impuesto repercutido correspondiente de aplicar dicho porcentaje.

El consumidor final es el que asume el IVA que recae en forma de porcentaje en el precio del bien o servicio adquirido. Pero será el sujeto pasivo del impuesto, es decir el proveedor o vendedor de esos bienes y servicios, el que ingrese en Hacienda la cantidad recaudada en concepto de IVA devengado

Se puede clasificar el Impuesto sobre el Valor Añadido como un impuesto indirecto que se paga cuando se consume algún bien o servicio, sin tener en cuenta las circunstancias personales del pagador. Este tributo grava el consumo de bienes, la prestación de servicios, las transmisiones de bienes y derechos en general. Y es independiente de la capacidad de renta del contribuyente.

Originalmente, se creó para acabar con los impuestos sobre el volumen de negocios para evitar el falseamiento de competencia y las barreras que obstaculizaban la libre circulación de mercancías, como podían las formalidades y controles fiscales en fronteras interiores.

En la actualidad, El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) ostenta un papel indispensable en el mercado único europeo.

Este impuesto lo gestiona la administración tributaria y se rige principalmente por la Ley 37/1992 el 28 de diciembre (Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA)). No obstante, se trata de un impuesto armonizado en la Unión Europea y por ello la legislación interior de los Estados miembros se tienen que adaptar a las normas comunitarias. El derecho comunitario prevalece sobre la normativa interna que se aplicará siempre que sea compatible con las Directivas que estén en vigor en ese momento.

Las personas obligadas a liquidar este impuesto vienen representadas por la figura del sujeto pasivo. En el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), los sujetos pasivos son las personas, físicas o jurídicas, que tengan la condición de empresarios o profesionales y realicen entregas de bienes y prestaciones de servicios sujetas a dicho impuesto.

Para calcular el impuesto, se aplica a la base imponible un tipo impositivo. El tipo general de IVA en España es el 21%. Aunque existen otros tipos reducidos que son el 10% y el 4% (también se aplican el 5% y el 0% a determinadas operaciones).

La aplicación de un tipo impositivo u otro vendrá determinado por la naturaleza del bien o del servicio a gravar. Además, la aplicación de este impuesto no excluye la posibilidad de aplicar otros tributos.

Esto pasa, por ejemplo, con el caso de las bebidas alcohólicas. Para este tipo de productos, en el sistema tributario español se aplica un impuesto especial que grava su consumo. Dicho gravamen especial se suma al IVA, que en el caso de las bebidas alcohólicas es del 21%, salvo que su consumo se produzca en locales de restauración, donde se aplica el tipo reducido del 10%.

El tipo superreducido del IVA es del 4% y grava productos de primera necesidad, como pan o leche, que están estipulados por ley.

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