A raíz de una consulta realizada al ICAC en el mes de Junio de este año, vuelve a salir a la luz un error contable que en ocasiones encontramos en cuanto a la contabilidad de la póliza de crédito y su confusión con un descubierto.
Cuando cerramos una contabilidad para legalizar los libros y nos encontramos con una cuenta de banco con saldo acreedor podemos pensar en tres situaciones distintas.
La primera de ellas, y más problemática en cuanto a su corrección es que se trate de un error. Debemos hacer la conciliación bancaria comparando nuestro mayor contable con el extracto bancario y comprobar efectivamente donde está el error a fin de solucionarlo.
La segunda, es que efectivamente se trate de su saldo y que por lo tanto, estemos ante un descubierto. En este caso, el ICAC comenta que el saldo negativo representa un pasivo para la sociedad y deberá reflejarlo en una cuenta correspondiente de acuerdo con esta naturaleza. De hecho, la cuenta (572) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros del Plan establece que se excluirán los descubiertos bancarios que figurarán en todo caso en el pasivo corriente del balance.
De acuerdo con lo anterior, el saldo negativo de la cuenta corriente bancaria figura en el pasivo del balance formando parte de la partida “Deudas con entidades de crédito” del epígrafe CIII “deudas a corto plazo”
Para ello debemos hacer es siguiente apunte, por el saldo del descubierto.
Debe | Haber | |
(572) Bancos c/c | – | |
(5200) Préstamos a c/p de entidades de crédito | – |
La tercera opción es que estemos ante una póliza de crédito mal contabilizada. Recordemos que la empresa deberá reconocer un pasivo financiero por la póliza de crédito cuando se convierta en parte obligada, se cumplan los criterios de probabilidad en la cesión de los recursos y siempre que dicho pasivo se pueda valorar con fiabilidad. Esto se entiende que se produce, a medida que se realiza la disposición del crédito, de ahí que en el momento inicial, al solicitar y conseguir la póliza no realizamos apunte contable. A estos efectos el plan incorpora la cuenta 5201 “deudas a corto plazo por crédito dispuesto” como recomendación para su uso.
Es por tanto, que si el saldo negativo en nuestra cuenta bancaria, se debe a que se está llevando la contabilidad de la póliza en la misma, debemos corregir esto con el siguiente apunte.
Debe | Haber | |
(572) Bancos c/c | – | |
(5201) Deudas por crédito dispuesto. | – |
De esta manera, en cualquiera de los tres casos, debemos de “limpiar” los saldos acreedores de las cuentas bancarias para formular de manera correcta nuestro balance.
noviembre 20th, 2014
Hola:Es decir que siempre nuestra cuenta (572) Bancos c/c tiene que tener un saldo deudor y la póliza de crédito, se lleva a una (520)? Gracias.
abril 19th, 2023
El problema del Descubierto no es la contabilización en si, sería muy poco elegante contablemente tener una Ctas. del subgrupo 57 en el Haber, sino el coste financiero que ello representa en caso de Descubierto. El problema es que sea un error contable el que provoca un “descubierto contable”, por ello es recomendable conciliar los bancos cada mes o a lo sumo cada dos meses para evitar males mayores