Hoy en INEAF, repasaremos una parte importante en la liquidación del IRPF con motivo de la campaña de la renta 2014. Estamos hablando de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, reducción aplicable por el mero hecho de obtener este tipo de rendimientos, y que para rentas bajas y medias, viene bastante bien. En el siguiente cuadro se reflejan dichas reducciones, que dependerán de la cuantía del rendimiento, y de la cuantía de otras fuentes de renta como capital mobiliario o inmobiliario.
Rendimiento neto positivo | Otras rentas | Importe de la reducción |
RNT ≤ 9.180 euros | ≤ 6.500 euros | 4.080 € |
> 6.500 € | 2.652 € | |
Entre 9.180 y 13.260 euros | ≤ 6.500 € | 4.080 – [0,35x(RNT-9.180)] |
> 6.500 € | 2.652 € | |
RTN > 13.260 | Cualquier importe | 2.652 € |
Estas reducciones, se incrementarán en el 100% en los casos en los que se prolongue la actividad laboral por trabajadores mayores de 65 años y en los casos de trabajadores desempleados que trasladen su residencia habitual por motivos laborales, bajo unos requisitos establecidos, aplicándose durante el periodo impositivo en el que se produce el cambio de residencia y en el siguiente.
También, adicionalmente, para trabajadores con discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65% aplicarán una reducción de 3.264 euros y si el grado de discapacidad es igual o superior al 65% o que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilizad reducida, aunque no alcancel el 65%, la reducción será de 7.242 euros.
Comentar también que estas reducciones, debido a la reforma fiscal, sufren modificaciones para la declaración de los rendimientos obtenidos en 2015, que se deberán de aplicar durante su liquidación el próximo año. La reducción del Rendimiento neto total por rentas del trabajo, para próximas declaraciones, quedará como sigue:
Rendimiento neto positivo | Otras rentas | Importe de la reducción |
RNT ≤ 11.250 | ≤ 6.500 euros | 3.700 € |
Entre 11.250 y 14.450 euros | ≤ 6.500 € | 3.700 – [1,156 x(RNT-11.250)] |
RTN > 14.450 | – | No hay reducción |
Como vemos, desaparece la reducción general de 2.652 euros, cualquiera que fuese el rendimiento neto positivo y la cuantía de otras rentas. Igualmente, aclaramos que se aprueba un nuevo gasto deducible de 2.000 euros en concepto de otros gastos. Será esta cuantía la que se incrementará en otros 2.000 euros anuales , en el caso de desempleados que acepten un nuevo puesto de trabajo que exija un cambio de residencia, así como también en el importe de 3.500 euros o 7.750 euros anuales para el caso de trabajadores activos discapacitados según el grado.
Para los trabajadores activos mayores de 65 años sí que podemos decir que desaparece totalmente su reducción, ya que no se establece ningún gasto por ello.
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