Problemática contable de los descuentos

descuentos

descuentos

En las operaciones de compraventa de existencias los descuentos que nos pueden ofrecer los proveedores y los que nosotros concedemos a nuestros clientes, contablemente están identificados en la cuarta parte del Plan General Contable.

La norma 10 de valoración nos indica que los descuentos que aparecen en la factura se van a considerar menor importe de la compra (o de la venta en su caso), independientemente de la naturaleza del mismo. Si nosotros hacemos una compra y en la factura aparece un descuento (por pronto pago, por rebajas, por promoción, por cantidad comprada, por defecto da calidad, etc….) ese descuento se resta al valor de la cuenta (600) “compra de mercaderías”. Sin embargo, los descuentos que no aparecen inicialmente en la factura y que nos conceden (o concedemos) con posterioridad a la misma van a tener su reflejo contable en cuentas propias. En este caso, vemos que el plan realmente distingue solo tres tipos de descuentos posibles:

a) Los rappel. Son descuentos que se basan en haber alcanzado un determinado volumen de pedido. Las cuentas a utilizar, dependiendo de si el descuento es por compra o por venta serán :

  • (609) Rappels por compras
  • (709) Rappels por venta

b) Descuentos por pronto pago. Como su nombre indica son los descuentos recibidos o concedidos por realizar un pago, o bien al contado, o bien antes de la costumbre en la facturación de la empresa. Las cuentas a utilizar, serán:

  • (606) Descuentos sobre compras por pronto pago
  • (706) Descuentos sobre ventas por pronto pago

c) Por último, descuentos por incumplimiento de las condiciones de pedido. Se utilizarán las cuentas:

  • (608) Devolución de compras y operaciones similares
  • (708) Devolución de ventas y operaciones similares

La verdad es que hay muchos descuentos que quizás no encajan con ninguna de las tres definiciones anteriores, pongamos el caso de un descuento por promoción, o por publicidad de una marca, o por ser un buen cliente. En todos estos casos, se suele generalizar y admitir que al no concederse, ni por el volumen de operación, ni por prontopago, pertenecen al tercer grupo.

De igual manera, la evolución del mercado y las nuevas condiciones hacen que aparezcan nuevos descuentos que debemos encajar en los anteriores a fin de realizar el apunte contable.

Un caso concreto ocurre en el sector de la distribución donde se están concediendo dos tipos de descuento de apoyo a la cadena de ventas.

En ocasiones, en la cadena de distribución, nuestro cliente no tiene por qué ser el consumidor final si no un distribuidor, lo que da la posibilidad de plantear dos tipos de descuento, en principio, diferentes a los que se prevén en el PGC.

  • “Sell in”, que se corresponde con un descuento concedido por el proveedor a su cliente (intermediario en la cadena de distribución) por unidad que le vende a él durante un periodo de tiempo.
  • “Sell out” que se identifica con un descuento concedido por el proveedor a su cliente (intermediario en la cadena de distribución) por unidad vendida por parte del intermediario al consumidor final durante un periodo de tiempo.

Para conocer su forma de contabilizar, se hizo una consulta al ICAC preguntando si este tipo de operaciones deberían considerase como una comisión por intermediación o como un rappel.

La respuesta del ICAC fue clara al establecer que ambos conceptos se tratarán en el proveedor como un rappel por venta, en la medida que la causa del descuento o del importe abonado al cliente no es otra que incentivar el consumo de los productos que vende la empresa, al margen de que la cuantía de la rebaja en el precio de las transición se fije en función del volumen de compras del cliente o del volumen de ventas de este último a los consumidores finales.

De igual manera, el cliente que recibe el incentivo contabilizará ambos conceptos como un rappel sobre compras.

Lo vemos con un ejemplo

La Sociedad X (proveedor) concede a sus clientes, Sociedad Y (distribuidor) dos tipos de descuento:

En concepto de Sell in, un descuento de 3 euros por unidad comprada por Y a X en el trimestre. Al finalizar marzo, las compras han sido de 5.000 unidades

En concepto de Sell out, un descuento de 1 euros por unidad vendida por parte de Y al consumidor final. Al finalizar marzo, las ventas a consumidores finales han sido de 3.000 unidades

Contabilizar las operaciones de descuento desde el punto de vista de las dos sociedades

Sociedad X

La sociedad proveedora deberá contabilizar ambos descuentos como rappel por ventas:

  • Sell in: 3 € x 5.000 unidades = 15.000
  • Sell out 1 € c 3.000 unidades = 3.000
  • Total rappel: 18.000
 DebeHaber
(709) Rappel sobre ventas18.000 
(477) H.P. IVA repercutido3.780 
(430) Clientes 21.780

Sociedad Y

La sociedad cliente por su parte, los contabilizará como rappel por descuentos en sus compras.

  • Sell in: 3 € x 5.000 unidades = 15.000
  • Sell out 1 € x 3.000 unidades = 3.000
  • Total rappel: 18.000
 DebeHaber
(609) Rappel sobre compras 18.000
(472) H.P. IVA soportado 3.780
(400) Proveedor21.780 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

ARTÍCULOS RELACIONADOS