Dispone hasta el próximo 30 de Enero para presentar:
a) Los pagos fraccionados de Renta. Cuarto trimestre de 2012:
Estimación directa: modelo 130.
Modelo de declaración a presentar por aquellas personas físicas que realicen actividades económicas en estimación directa, modalidad normal o simplificada. También deberán presentar este modelo, con las excepciones que se establecen en la normativa vigente, las personas físicas que realicen actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras en estimación directa, modalidad normal o simplificada.
Estimación objetiva: modelo 131.
Modelo de declaración a presentar por aquellas personas físicas que realicen actividades económicas en estimación objetiva. También deberán presentar este modelo, con las excepciones que se establecen en la normativa vigente, las personas físicas que realicen actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras en estimación objetiva.
b) IVA
Diciembre 2012. Régimen general. Autoliquidación: Modelo 303.
Cuarto trimestre 2012. Régimen general. Autoliquidación: Modelo 303.
Tendrán que presentar el modelo 303 todos los autónomos, sociedades civiles, comunidades de bienes, etc, que hayan optado por el Régimen General de IVA en el momento del inicio de sus actividades. También es de obligada presentación para todas las modalidades de sociedad mercantil por las que se puede optar.
Las únicas excepciones a la presentación del modelo 303 serían las de las empresas que coticen en el Régimen Simplificado de IVA (módulos) y las que coticen en el Régimen de Recargo de Equivalencia.
Diciembre 2012. Grupo de entidades, modelo individual: Modelo 322.
Facilitar la presentación de la autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido, correspondiente al grupo de entidades, modelo individual.
Diciembre 2012. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones: Modelo 340.
Facilitar la presentación de la declaración informativa de operaciones incluidas en los libros-registro. Asimismo, en la misma declaración se deberá informar, en su caso, de la realización de las operaciones siguientes:
- Las subvenciones, los auxilios o las ayudas satisfechas por las entidades integradas en las distintas Administraciones Públicas a las ue se refiere el párrafo segundo del artículo 31.2 del RGAT.
- Las operaciones a las que se refieren los párrafos d), e), f), g), h) e i) del artículo 34.1 del RGAT.
- Las operaciones sujetas al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- Las operaciones por las que los empresarios o profesionales que satisfagan compensaciones agrícolas hayan expedido el recibo a que se refiere el artículo 14.1 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre.
Diciembre 2012. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: Modelo 349.
Cuarto trimestre (o año 2012). Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: Modelo 349.
Facilitar la presentación de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
Diciembre 2012. Grupo de entidades, modelo agregado: Modelo 353.
Facilitar la presentación del modelo de autoliquidación agregado, que deberá presentar la entidad dominante, a través del cual se realiza el ingreso de la deuda tributaria o la solicitud de compensación o devolución.
Diciembre 2012 (o año 2012). Operaciones asimiladas a las importaciones: Modelo 380.
Cuarto trimestre 2012. Operaciones asimiladas a las importaciones: Modelo 380.
Procedimiento tributario de presentación de la Declaración – Liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido. Operaciones asimiladas a las importaciones.
Cuarto trimestre 2012. Declaración-liquidación no periódica: Modelo 309.
Facilitar la presentación de la declaración – liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Cuarto trimestre 2012. Declaración final. Régimen simplificado: Modelo 311.
Se presenta en el cuarto trimestre del año por parte de los empresarios que tributan en el Régimen Simplificado de IVA, comúnmente conocido como módulos). El objetivo de este modelo es resumir la actividad de IVA del ejercicio y realizar una regularización de los importes a pagar.
Cuarto trimestre 2012. Declaración final. Regímenes general y simplificado: Modelo 371.
El modelo 371 tendrá que ser presentado por todos aquellos empresarios que en el mismo ejercicio hayan tributado durante parte del año en el Régimen General de IVA y durante otra parte del año en el Régimen Simplificado de IVA. En cualquier caso, si un empresario estuviera obligado a presentar este modelo no tendría que presentar el modelo 311.
Resumen anual 2012. Modelo 390.
Este es el modelo más completo, en cuanto a información aportada, de cuantos modelos de IVA existen. Su objetivo es presentar un resumen de todos los datos sobre operaciones objeto de IVA, independientemente del Régimen de tributación que se elija. En él se informa inicialmente sobre los datos básicos de la empresa (Nombre, CIF, Epígrafe/s de IAE, representantes legales, etc.).
Solicitud de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: Modelo 308.
Facilitar la presentación de la solicitud de devolución correspondiente al Régimen especial del Recargo Equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales.
Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: Modelo 341.
Presentación por parte del obligado tributario sometido al régimen especial de IVA de agricultura, ganadería y pesca del modelo 341 de solicitud de reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
c) Declaración informativa de determinado premios exentos del IRPF
Declaración anual 2012. Modelo 183.
Estarán obligados a presentar el modelo 183 (exclusivamente), Loterías y Apuestas del Estado, las Comunidades Autónomas, la Cruz Roja y la Organización Nacional de Ciegos, respecto de los premios exentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
d) Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia
Declaración anual 2012. Presentación en papel (impreso o generado en Internet mediante el servicio de impresión de la AEAT): Modelo 345.
Facilitar la presentación de la Declaración anual partícipes y aportaciones.
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