Nuevos tramos para los autónomos en las cotizaciones al RETA

Reformas en el sistema de cotizaciones para autónomos

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17/05/2021

Como ya os adelanté en el artículo “Cotización de los Autónomos: Presupuestos generales del Estado 2019” el gobierno tiene, desde hace algún tiempo, la intención de reformar el sistema de cotización para los trabajadores autónomos vinculando sus ingresos reales a su cotización al régimen especial de la seguridad social.

El ministerio de Inclusión, Seguridad Social y migraciones ha hecho una propuesta de nuevos tramos para los autónomos en las cotizaciones al RETA es la siguiente:

Seguridad Social (RETA)

 

Rendimiento anual Actividad Eca

Cuota Anual Autónomos

Cuota mensual Autónomos

3.000,00

1.080,00

90,00

6.000,00

1.440,00

120,00

9.000,00

2.220,00

185,00

12.600,00

2.820,00

235,00

17.000,00

3.300,00

275,00

22.000,00

3.660,00

305,00

27.000,00

5.100,00

425,00

32.000,00

6.540,00

545,00

37.000,00

8.040,00

670,00

42.000,00

9.600,00

800,00

47.000,00

11.220,00

935,00

48.841,00

12.900,00

1.075,00

49.000,00

14.640,00

1.220,00

Se establecen cinco tramos por debajo de los 22.000€ de ingresos anuales que pagarían una cuta menor a la actual. El resto de los autónomos vería como aumentan sus cotizaciones.

El presidente de ATA (Asociación de trabajadores autónomos) ha asegurado que “actualizar cotizaciones a rendimientos” es “trabajar en muchos casos para el Estados y no para nosotros”, “sumando lo que tienen que aportar los autónomos en IRPF y cotizaciones hay autónomos que superarán el 50%.

En el siguiente cuadro se puede ver lo que corresponde pagar por IRPF a los trabajadores autónomos en función de sus rendimientos del trabajo:

Hacienda (AEAT) en RENTA

Rendimiento anual Actividad Eca

Rendimiento Neto Reducido

A pagar en RENTA (IRPF)

% Rdto Anual s/Renta

3.000,00

1.230,00

0,00

0,00%

6.000,00

4.080,00

0,00

0,00%

9.000,00

7.152,75

304,52

3,38%

12.600,00

11.957,85

1.217,50

9,66%

17.000,00

16.150,00

2.199,00

12,94%

22.000,00

20.900,00

3.381,00

15,37%

27.000,00

25.650,00

4.806,00

17,80%

32.000,00

30.400,00

6.252,60

19,54%

37.000,00

35.150,00

7.720,35

20,87%

42.000,00

40.000,00

9.526,20

22,68%

47.000,00

45.000,00

11.391,20

24,24%

48.841,00

46.841,00

12.077,90

24,73%

49.000,00

47.000,00

12,137,20

24,77%

En el siguiente cuadro se puede ver lo que “se queda en casa del autónomo después de pagar las cotizaciones al RETA y el IRPF:

RETA + RENTA

Lo que queda en “Casa del autónomo”

3.000,00

1.920,00

6.000,00

4.560,00

9.000,00

6.475,48

12.600,00

8.562,50

17.000,00

11.501,00

22.000,00

14.959,00

27.000,00

17.094,00

32.000,00

19.207,40

37.000,00

21.239,65

42.000,00

22.873,80

47.000,00

24.388,80

48.841,00

23.863,10

49.000,00

22.222,80

El presidente de ATA ha añadido “Este sistema planteado así, empobrece al autónomo, fomenta la economía sumergida y desincentiva la actividad a partir de determinados tramos de facturación” y “Por cierto, resulta llamativo que haya tramos con menor rendimiento neto que al final, el autónomo tenga para su casa más disponible que otros con mayor rendimiento neto como por ejemplo entre 42.000 y 48.000€ de rendimiento neto anual frente a rendimientos netos superiores.”

Este sistema de nuevos tramos para los autónomos en las cotizaciones a la Seguridad Social se recogerá en el primer paquete de reformas que el Ministerio prevé aprobar en breve, pero no se implantará hasta el 1 de enero de 2022 y no tendrá efectos económicos hasta 2023. No terminaría de desplegarse por completo hasta el año 2032.

El borrador todavía no es oficial ni ha sido reconocido por el Ministerio y cabe destacar que ATA no acepta la propuesta actual de cotizaciones sobre rendimientos reales.

Modificar los tramos para los autónomos en las cotizaciones a la Seguridad Social

Los autónomos podrán elegir provisionalmente su base de cotización entre los 13 indicados en la tabla en función de sus previsiones de rendimientos con la posibilidad de modificar su elección 6 veces a lo largo del año para ajustarla a sus rendimientos.

Si existen diferencias una vez hecha la regularización anual, el trabajador deberá proceder a su ingreso en caso de haber cotizado menos de lo que le correspondía y podrá solicitar la devolución si la cotización realizada fue superior.

¿Qué paga un autónomo de cuota actualmente?

La cuota mínima que se paga actualmente un autónomo (sin tener en cuenta tarifa plana) es de 286,15 €/mes, cuya base de cotización es de 944,4€/mes (para 2020 se estableció el tipo 30,3% en el Decreto Ley 28/18 y no se ha actualizado aun al 30,6% para 2021 en virtud del RD Ley 2/21). Dependiendo de la edad que se tenga se podrá elegir unas bases mínimas y máximas, determinándose para cada año en los PGE.

En primer lugar se elige la base de cotización (BC), y a ella se le aplican los porcentajes de cada opción de cobertura que hayamos elegido. La cuota desde el 1 de enero de 2019 incluye la totalidad de las contingencias que hasta el momento tenían carácter voluntario, como la protección por cese de actividad y las contingencias profesionales.

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