Poco a poco se van desgranando las principales medidas aprobadas el pasado 1 de agosto relativas a la Reforma Fiscal. Una de ellas es respecto al tipo de retención aplicado a los contribuyentes sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, dependiendo de la actividad a la que se dedique el contribuyente. Veamos los principales cambios.
Hasta ahora, el porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo que percibían los administradores o miembros del consejo de administración u otros órganos representativos de las empresas era del 35%. El proyecto de ley por el que se modifican la ley del IRPF, la ley del Impuesto sobre la Renta de los no residentes y otras normas tributarias, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 1 de agosto y que se tramitará en el Congreso a partir de septiembre, para que pueda entrar en vigor el próximo año, incluye cambios en este tipo de retenciones.
Para los consejeros y administradores de empresas, cuyo importe neto de cifra de negocios sea superior a los 100.000 euros se fija la retención del 37% para el año 2015 y 35% en el año 2016. Este tipo se reduce si la empresa obtiene una cifra de negocios inferior a los 100.000 euros. De este modo, el tipo de retención practicada en 2015 será del 20% y en 2016 del 19%.
No olvidemos además que, si los rendimientos son obtenidos en Ceuta o Melilla, los porcentajes serán la mitad de los mencionados.
No es éste el único cambio en cuanto a retenciones se refiere. Los rendimientos de actividades económicas cuya retención es del 19%, excepcionalmente podrán aplicar un tipo del 15% si los rendimientos íntegros de tales actividades del ejercicio inmediatamente anterior sean inferiores a 15.000 euros y, además, representen más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo en el año fiscal correspondiente. Para ello, el contribuyente deberá comunicar al pagador estos dos requisitos obligando al mismo a conservar la comunicación debidamente firmada.
Por otro lado, si los rendimientos proceden de cursos, conferencias, seminarios y similares, así como de obras literarias, artísticas o científicas, al parecer, el tipo de retención, que actualmente es del 21%, se rebajará en 2015 al 20% y en 2016 al 19%. Igualmente se reducen así las retenciones sobre los premios de concursos y determinados juegos de azar y los rendimientos sobre bienes inmuebles urbanos.
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