Borrador del ICAC de Resolución sobres las Normas de Valoración del Inmovilizado Material e Inversiones Inmobiliarias

Como ya ocurriera con el Plan General Contable de 1990 donde hubo que hacer una Resolución del ICAC para dictar normas de valoración del inmovilizado material (Resolución del ICAC de 30 de julio de 1991) ahora nos volvemos a encontrar con una situación parecida, donde el ICAC entiende necesario la elaboración de una nueva resolución de la cual se acaba de presentar su borrador.

En esta ocasión la resolución dictará normas de registro y valoración del inmovilizado material y también de las inversiones inmobiliarias que aparecieron como novedad en el Plan del 2007

¿Por qué una nueva Resolución?

Viendo la regulación que ya existe en las normas 2ª, 3ª y 4ª  de valoración del PGC en la materia, nos podemos preguntar cual es la intención que tiene el ICAC.

Independientemente de que en algunos criterios se amplíe la normativa, con esta resolución se pretende sistematizar toda la doctrina administrativa relativa al inmovilizado material e inversiones inmobiliarias, dejando siempre la puerta abierta a futuras actualizaciones motivadas por nuevos pronunciamientos contables a nivel internacional.

INEAF normas valoración

Estructura de la Resolución

La Resolución se divide en cinco normas:

  • Primera. Valoración inicial.
  • Segunda. Valoración posterior.
  • Tercera. Formas especiales de adquisición del inmovilizado material.
  • Cuarta. Baja de cuentas.
  • Quinta. Inversiones Inmobiliarias.

Independientemente de que cada una de ellas recoja normativa ya existente y trate de sistematizarla vemos cuales son los aspectos que, una vez aprobada, merecería estudiar con más detenimiento.

En la Norma primera se hace hincapié en los costes en que se incurre mientras el inmovilizado material está en periodo de prueba y en los costes de desmantelamiento y rehabilitación. También esta norma detalla el criterio a seguir para contabilizar los anticipos entregados a cuenta de un elemento de inmovilizado material.

En la Norma segunda relativa a la valoración posterior del inmovilizado son varios los temas en los que más se profundiza:

  • Reparaciones y conservación del inmovilizado material.
  • Renovación del inmovilizado.
  • Ampliaciones y mejoras.
  • Piezas de recambio.

En cuanto a la amortización simplemente se detallan conceptos como valor amortizable, valor residual, vida útil y se proponen métodos de amortización.

La Norma tercera se dedica a las formas especiales de adquisición de inmovilizado. Dedicando prácticamente todo el estudio a la permuta, recoge lo ya estipulado en el Plan Contable. Tan sólo, hace mención al principio de este apartado a las adquisiciones a titulo gratuito que se regulan en sintonía con los criterios recogidos en las normas de adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos. De acuerdo con dichas normas, si la cesión es completa, esto es, por la totalidad de la ida económica del activo, la empresa reconocerá un inmovilizado material.

La Norma cuarta desarrolla la regla prevista en el PGC para reconocer la baja de un elemento del inmovilizado material del balance en caso de enajenación y contabilizar el correspondiente resultado. También se regulan una serie de supuestos especiales en los que la baja trae causa de operación distinta a la venta, como sucede en las entregas de bienes a título gratuito, las expropiaciones de bienes de inmovilizado material y la baja del inmovilizado que ha sufrido un siniestro.

La quinta norma la dedica a las inversiones inmobiliarias. Según el Plan General de Contabilidad, están sometidas a los mismos criterios de registro y valoración que el inmovilizado material por lo que esta Resolución tratará de despejar dudas en temas como puede ser la reclasificación por cambio de destino de las inversiones inmobiliarias a inmovilizado material o existencias y viceversa. También nos aclarará que consideración dar a terrenos y edificios donde tengamos dudas por su uso o que estén en proceso de construcción o que a la vez esté en generando rentas y usándose en la producción.

Estaremos pues pendientes de su aprobación para estudiarla con detenimiento e ir haciendo aquí mención a las novedades más destacadas.

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