La trama Pescanova continúa

pescanova - INEAF

El caso Pescanova es uno de los casos más mediáticos del panorama empresarial; uno de los entramados más complejos y descabellados que ha superado con  creces cualquier pronóstico inicial del desastre. Desde que la Comisión Nacional del Mercado de Valores lanzase pescanova - INEAFa los medios que toda la porquería de Pescanova estaba en la cuenta b, no ha cesado el flujo de información de un fraude cada vez más oscuro.

Fue en el año 2003 cuando supuestamente comenzó el falseo de cuentas, el uso de información privilegiada para lucro personal de directivos y la estafa a los accionistas y stakeholders, un conjunto interminable de maniobras fraudulentas que han llevado a la empresa al concurso de acreedores, acumulando una deuda financiera de más de 3.300 millones de euros.

Bajo el mando de Manuel Fernández de Sousa,  Pescanova llegó a anunciar beneficios de más de 50 millones de euros en 2011, cuando en realidad el agujero patrimonial ascendía a 790 millones de euros para 2011, alcanzando los 1.487 millones al año siguiente, según las cuentas consolidadas entregadas a la CMNV.

Las discrepancias en las cuentas no acaban ahí: en sus entrañas el grupo empresarial guardaba casi el cuádruple de deuda bancaria de la que reconoció en su momento, escondiendo en 2.323,5 millones de euros de pasivo, y todo bajo la supervisión de la auditora BDO, que hasta 2012 no presentó ninguna objeción sobre las cuentas presentadas por el grupo y que se acoge a la misteriosa caja b para argumentar la imposibilidad a la hora de descubrir un fraude.

Sin embargo, el ICAC ha abierto expediente sancionador considerando que BDO incumplió determinadas normas técnicas de auditoría, no reflejándose en sus papeles de trabajo la evaluación de determinados factores de riesgo de fraude y sin haber comprobado los márgenes en las operaciones de compraventa de existencias entre empresas del grupo.  Otro indicio más que apunta a la irregularidad del trabajo de BDO,  es el informe ‘Forensic’ de KPMG, que en pocos meses ya observó irregularidades en las cuentas anuales. La auditora desveló que la práctica común de Pescanova consistía en realizar operaciones de compraventa asociadas a “movimientos virtuales de almacén” para que sociedades del grupo descontaran los pagarés y así obtuvieran financiación hasta el vencimiento de los mismos.

Es decir, a través de sociedades instrumentales se realizaban transacciones en las que no existía traspaso de mercancía real, generando financiación bancaria y registrándose resultados ficticios. En los ejercicios correspondientes a 2011 y 2012, un 77% y un 80%, respectivamente, de las ventas registradas por Pescanova se corresponden con ventas realizadas a sociedades instrumentales ‘sin contenido económico’.

Desde que se empezaron a destapar los trasfondos, las sanciones interpuestas a  los ejecutores del  descalabro de Pescanova no cesan. En agosto del 2013 el juez Ruz impuso fianzas que sumaban 1.200 millones de euros en concepto de responsabilidad civil a una decena de altos cargos de Pescanova y seis sociedades ligadas al grupo. La última noticia publicada en el BOE se trata de la multa de 300.000 euros a Manuel Fernández de Sousa-Faro, expresidente del grupo, por el incumplimiento de su deber de comunicación y difusión de participaciones significativas, calificándose tal acto como infracción muy grave.

Como apuntaba Xavier Salvador en unos de sus artículos sobre la polémica, “lo sucedido en Pescanova es un ejemplo claro de que España sigue lejos de los estándares europeos en transparencia empresarial”.

A expensas de saber qué pasará con el futuro de Pescanova, que se encuentra atascado en las negociaciones del consejo de administración y la banca hasta el día 29 de Abril (fecha límite para la presentación del convenio), solo queda reflexionar sobre algunas cuestiones:

¿Quién es el culpable de esta trama de corrupción? ¿Cómo es posible que este fraude se haya perpetuado durante tantos años sin que nadie tuviese ni la más mínima idea del fraude que se estaba cometiendo? ¿Las sanciones impuestas guardan relación con la magnitud de los hechos?

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