Cuando hablamos en su día de la contabilidad de la franquicia (“Tratamiento Contable de las Franquicias”) hubo un tema interesante que quizás se nos escapó. Es cierto que una opción barajada por muchas personas en la actual situación es el autoempleo, y también es cierto, que ante la incertidumbre de la posibilidad de triunfar o no con un negocio nuevo, podemos optar por un negocio como Franquiciado”
Una de las dudas que nos surgen es, independientemente de los gastos de royalties y cánones, qué hacer con los gastos de acondicioniento del local donde vamos a realizar nuestro negocio.
Vamos a partir del caso más cotidiano y es que el local es arrendado y que, por el tipo de contrato que vamos a realizar, se trata de un arrendamiento operativo.
Nos podemos encontrar con dos situaciones:
– La primera en que las obras de acondicionamientos las llevamos a cabo nosotros (franquiciados) Es decir, nosotros contratamos a una o varias empresas para que acondicionen fachada en interiores, bajo el modelo y directrices impuesto por el franquiciador y respetando siempre la imagen corporativa de la enseña.
– La segunda es lo que se conoce como método de “llave en mano”, aquel mediante el cual el franquiciador entrega al franquiciado el local completamente equipado y listo para su apertura. En este caso, nosotros franquiciados debemos aprobar el presupuesto general de acondicionamiento –fachada e interior– y de equipamiento del local, para posteriormente abonar todos los gastos al franquiciador.
En definitiva, tanto en un caso como en otro, nos encontramos con que los gastos corren por nuestra cuenta y estamos ante un local arrendado. Acudimos por tanto Norma 3ª, letra H:
“h) En los acuerdos que, de conformidad con la norma relativa a arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar, deban calificarse como arrendamientos operativos, las inversiones realizadas por el arrendatario que no sean separables del activo arrendado o cedido en uso, se contabilizarán como inmovilizados materiales cuando cumplan la definición de activo. La amortización de estas inversiones se realizará en función de su vida útil que será la duración del contrato de arrendamiento o cesión -incluido el periodo de renovación cuando existan evidencias que soporten que la misma se va a producir-, cuando ésta sea inferior a la vida económica del activo.”
En este sentido, podemos interpretar que debemos crear una cuenta dentro del inmovilizado material para recoger estos gastos, como puede ser la 219.X Acondicionamiento local. Como, por otra parte es lógico, el acondicionamiento puede durar un tiempo, con lo que puede ser también necesario crear esta cuenta previamente en el inmovilizado en curso. En esta cuenta iremos añadiendo los gastos a través de su activiación, y en el momento en que estén acabados, entenderemos comienza su amortización
Si nos facturan gastos de materiales como pueden ser pintura, cemento, ladrillos, material eléctrico etc. podemos llevarlos directamente a la nueva cuenta creada
Debe |
Haber |
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(239.x) Acondicionamiento local en curso |
– |
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(472.x) H.P. IVA Soportado |
– |
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(410.x) Acreedores varios |
– |
Si por el contrario, nos facturan algún servicio o incluso debemos pagar algún salario por una persona contratada por nosotros para realizar la obra, contabilizaremos primero el gasto y luego su activación.
Por los gastos diversos
Debe |
Haber |
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(629.x) Otros Servicios |
– |
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(472.x) H.P. IVA Soportado |
– |
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(410.x) Acreedores varios |
– |
Por las nóminas
Debe |
Haber |
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(640.x) Sueldos y Salarios |
– |
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(642.x) Seguridad Social |
– |
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(476.x) Organismos de la Seguridad Social |
– |
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(4751) H.P. Acreedora por retenciones prácticadas |
– |
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(465) Remuneraciones pendientes |
– |
Por la activación de los gastos, con abono a cuentas del subgrupo 73
Debe |
Haber |
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(239.X) Acondicionamiento local en curso |
– |
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(733) Trabajos realizados para el inmovilizado material en curso |
– |
Una vez terminadas las obras, pasaremos el inmovilizado en curso a inmovilizado material,
Debe |
Haber |
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(219.x) Acondicionamiento local |
– |
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(239.x) Acondicionamiento |
– |
Y ahora comenzamos a amortizarlo, atendiendo a la duración del contrato firmado de arrendamiento
Debe |
Haber |
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(681.x) Amortización del acondicionamiento del local |
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(281.x) Amortización acumulada acondicionamiento del local |
– |
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