Cuando termina la campaña, muchos trabajadores fijos discontinuos se hacen la misma pregunta: ¿tengo derecho a finiquito?
En este artículo hablamos de cuándo corresponde el finiquito, qué conceptos incluye y qué pasa si la empresa no vuelve a llamarte.
Qué es un contrato fijo discontinuo: principales características
Para entender cuándo corresponde el finiquito a un trabajador fijo discontinuo, vamos a ver en primer lugar las características que definen estos contratos.
El contrato fijo discontinuo es una modalidad indefinida. Pero a diferencia del contrato clásico a jornada completa, aquí el trabajo no es continuado durante todo el año, sino que se activa por campañas, temporadas o necesidades cíclicas.
Pero, aunque no es continuado, la relación contratactual no se rompe y esto es lo que lo diferencia de los contratos de carácter temporal. Por eso, los derechos laborales se conservan.
Es habitual en sectores como la hostelería, el turismo, la agricultura o incluso en el ámbito educativo. El trabajador presta servicios solo cuando la empresa lo necesita, y una vez finalizado ese periodo, queda a la espera de un nuevo llamamiento.
Aunque pueda parecer contradictorio a priori, su finalidad es reducir los índices de temporalidad laboral ofreciendo, por un lado, estabilidad al trabajador y, por otro, flexibilidad a la empresa.
¿Tienen derecho a finiquito los trabajadores fijos discontinuos?
Por supuesto que sí tienen derecho. Lo que ocurre es que debido a las pausas de inactividad que se producen, puede generar cierta confusión.
Si trabajas en una emprsa de eventos y solo te llaman para cubrir la temporada de verano, cuando acabe agosto, dejarás de trabajar pero la empresa te volverá a llamar el año que viene.
Por tanto, el contrato sigue activo, aunque estés en periodo de inactividad. Esto significa que no te corresponde un finiquito completo, porque no te han despedido ni tú has renunciado.
Solo deben pagarte lo que hayas generado durante la campaña. Es decir, las vacaciones no disfrutadas, cualquier sueldo pendiente y, en el caso de que las hubiera, la parte proporcional de las pagas extra.
Cabe destacar que, en este momento de inactividad el trabajador puede acceder a la prestación por desempleo.
Ahora bien, cuando el contrato se extingue, ya sea porque presentas la baja voluntaria, no te vuelven a llamar en la siguiente campaña (sin justificación) o directamente te despiden, sí se genera un finiquito completo porque la relación laboral ha terminado.
¿En qué consiste el finiquito del trabajador fijo discontinuo?
Al igual que el finiquito de cualquier trabajador por cuenta ajena, se trata de un documento que refleja los pagos pendientes al finalizar una relación laboral.
Este documento no solo cierra la relación laboral, sino que deja constancia de lo que se paga, lo que se adeuda y desde cuándo se extingue el vínculo.
Quizá te interese: Curso en Nóminas, Finiquitos y Seguros Sociales
¿Qué finiquito corresponde a un fijo discontinuo?
La cantidad que debe percibir un trabajador fijo discontinuo al finalizar su relación con la empresa se corresponde con los puntos que señalábamos anteriormente, es decir:
- Días de salario aún no abonados, si los hubiera
- Vacaciones devengadas y no disfrutadas
- Pagas extraordinarias no prorrateadas
- Indemnización, en el caso de que el fin de contrato no fuera por baja voluntaria. Es decir, recibiría indemnización si se trata de un despido por causas objetivas, o si el despido es declarado improcedente. Aquí, lo más importante es saber que no se cobra indemnización por baja voluntaria ni en despido disciplinario declarado justo, solo en los casos anteriores.
Si la empresa comunica el cese por causas objetivas, correspondería una indemnización de 20 días por año trabajado, con los topes legales. Si el despido es considerado improcedente, esa cifra aumenta a 33 días por año.
¿Qué puede hacer el trabajador fijo discontinuo que ha sido despedido?
Es cierto que el contrato fijo discontinuo cuenta con una particularidad que no tienen el resto de contratos, y es que se puede dar una situación muy concreta.
Si no hay llamamiento cuando debería producirse, y la empresa no da explicaciones, se puede considerar que ha existido un despido tácito, lo cual tiene consecuencias económicas y legales, como por ejemplo:
El trabajador tiene derecho a exigir el finiquito completo, reclamar una indemnización por despido improcedente e incluso iniciar un procedimiento de conciliación laboral (SMAC) y, si no hay acuerdo, acudir a los tribunales.
Un dato importante es el plazo para reclamar. Se cuenta con 20 días hábiles desde que debió producirse el llamamiento.
¿Y si el trabajador no está conforme con el finiquito?
Es común que cuando se recibe el finiquito surjan dudas, no se entienda o directamente que el trabajador no esté de acuerdo con las cantidades. En esos casos, es importante saber que no estás obligado a firmar conforme.
Tienes la opción de firmar el documento con una simple anotación de “no conforme”, lo cual te permite reclamar posteriormente si detectas algún error o incumplimiento.
¿Qué ocurre si la empresa no paga el finiquito?
Esta es otra pregunta recurrente. El finiquito es una deuda que la empresa mantiene contigo y debe abonarse en el momento de la extinción o lo antes posible.
Por eso, si no paga puedes reclamarlo como cantidad adeudada, primero a través de una papeleta de conciliación, y si no hay acuerdo, por la vía judicial.
Además, si el retraso es injustificado podrías tener derecho a intereses de domora o incluso una indeminización adicional.
¿Dónde se regula el contrato fijo discontinuo?
Si quieres más información sobre el contrato fijo discontinuo, puedes consultar el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores, donde se detallan específicamente aspectos de esta figura contractual.
Lee más sobre: Contrato de trabajo por obra o servicio determinado






Deja un comentario