Contrato de trabajo por obra o servicio determinado

obra o servicio determinado

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26/09/2019

Importante:

A Partir del 30 de marzo de 2022 no se pueden formalizar contratos por obra y servicio determinado, quedan suprimidos por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

Los contratos para obra y servicio determinado celebrados antes del 31 de diciembre de 2021 resultarán aplicables hasta su duración máxima, en los términos recogidos en el art. 15 del Estatuto de los trabajadores.

Los contratos para obra y servicio determinado celebrados desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de marzo de 2022 se regirán por la normativa legal o convencional vigente en la fecha en que se han concertado y su duración no podrá ser superior a seis meses.

El Contrato por obra o servicio determinado es un tipo de contrato muy habitual en el mercado laboral actual, es uno de los más utilizados. Como su propio nombre indica, se concierta para prestar servicios en una obra o servicio determinado, con una duración limitada, aunque inicialmente esta sea incierta. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orientativo ya que algunos proyectos se pueden alargar en el tiempo según el devenir del trabajo en sí.

El Real Decreto 2720/1998 por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de  duración determinada, define el contrato de trabajo de obra o servicio determinado como aquel que se concierta para la realización de una obra o la prestación de un servicio determinados, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa y cuya duración es en principio de duración incierta aunque limitada en el tiempo.

Además, establece que el contrato  de trabajo de obra y servicio determinados deberá:

  1. Especificar e identificar suficientemente, con precisión y claridad, la obra o el servicio que constituya su objeto.
  2. La duración del contrato será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio.

Sin olvidar las nuevas obligaciones en la contratación introducidas por la Directiva (UE) 2019/1152 del parlamento Europeo y del Consejo, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea, véase Nuevas obligaciones en la contratación de trabajadores.

Los convenios colectivos sectoriales estatales y de ámbito inferior, incluidos los convenios de empresa, podrán identificar aquellos trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con el contrato de obra o servicio determinados.

Características del contrato de obra o servicio determinado

  • Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial.
  • La duración será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio.
  • El contrato de obra o servicio determinado deberá formalizarse escrito.
  • El contrato de obra o servicio determinado deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente la obra o el servicio que constituya su objeto, la duración del contrato, así como el trabajo a desarrollar.
  • Los empresarios tendrán que notificar a los representantes legales de los trabajadores en las empresas los contratos formalizados con contrato de obra o servicio determinado cuando no exista obligación legal de entregar una copia básica de las mismas.
  • El contrato se extinguirá cuando finalice la obra o servicio objeto del contrato, previa denuncia de cualquiera de las partes.
  • Cuando la duración del contrato sea superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de 15 días.
  • El incumplimiento por parte del empresario del plazo para notificar la terminación del contrato por obra y servicio le obligará al abono de una indemnización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido.
  • Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación.

Transformación en indefinido del contrato de trabajo de obra o servicio determinado

El contrato de trabajo de obra o servicio determinado se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación en los siguientes casos:

  • Por falta de forma escrita, la falta de forma escrita determinará asimismo que el los contratos celebrado a jornada parcial se presuman celebrados a jornada completa.
  • Por falta de alta en la Seguridad Social si hubiera transcurrido un período superior al período de prueba.
  • Si no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes llegado el término del contrato de trabajo por obra y servicio y se continuara realizando la prestación laboral.
  • Los contratos celebrados en fraude de ley también se presumirán por tiempo indefinido

Duración e indemnización del contrato por obra o servicio determinado

El contrato de obra o servicio determinado no podrá tener una duración superior a 3 años, ampliable hasta 12 meses más por convenio colectivo sectorial de ámbito estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa.

A la finalización del contrato por obra o servicio determinado, llegado a término, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización, el importe de esta indemnización se establece de modo gradual en función de la fecha de celebración del contrato:

Fecha de celebración del contratoDías de salario por año de servicio
Contratos celebrados hasta el 31 de diciembre de 2011 8
Contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2012 9
Contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2013 10
Contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2014 11
Contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2015 12

Modelo de contrato por obra o servicio determinado

Puede descargar el modelo oficial en pdf del contrato de trabajo de obra o servicio determinado (contrato temporal) desde la página web del SEPE.

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