Conoce qué es y para qué sirve el EEDS: Espacio Europeo de Datos Sanitarios

Espacio Europeo de Datos Sanitarios

Disponer de datos sanitarios actualizados es una premisa fundamental para adoptar medidas adecuadas en relación con la salud. En el trabajo diario de investigadores, personal médico, de farmacia, o de enfermería, el tratamiento y uso de datos personales es esencial. Por ello, entre otros motivos, se plantea la sanidad digital como una necesidad y la Comisión Europea ha puesto en marcha el Espacio Europeo de Datos Sanitarios (EEDS).

¿Qué se pretende hacer con el EEDS?

Con la reglamentación del Espacio Europeo de Datos Sanitarios (EEDS) se trabajará para salvar los obstáculos que pueda suponer el no disponer de herramientas digitales para la eficiencia del trabajo respecto a nuestra salud.

Si pensamos en la reciente pandemia de COVID-19 tenemos el mejor ejemplo:

El uso de los servicios digitales en pro de la salud, el intercambio de datos y de información han supuesto en gran medida parte de la solución a la crisis ocasionada.

Disponer de datos sanitarios actualizados resulta esencial para adoptar medidas de salud pública adecuadas.

Pero esta digitalización de los servicios de salud no se encuentra exenta de riesgos pues, los datos personales relativos a la salud también sufren ciberataques y el tratamiento de los datos personales debe garantizarse.

Espacio Europeo de Datos Sanitarios: Objetivos

Los objetivos que pretende conseguir el Espacio Europeo de Datos Sanitarios (EEDS) son, tal y como publica la Comisión Europea:

  • Ayudar a las personas a tomar el control de sus propios datos sanitarios.
  • Apoyar el uso de datos sanitarios para mejorar la prestación de asistencia sanitaria, la investigación, la innovación y la elaboración de políticas.
  • Permitir a la Unión Europea aprovechar plenamente el potencial que ofrece el intercambio, el uso y la reutilización con las medidas de seguridad y protección adecuadas, los datos sanitarios.

Espacio Europeo de Datos Sanitarios en relación con las personas

El establecimiento del Espacio Europeo de Datos Sanitarios permitirá a los ciudadanos acceder a sus datos de salud de forma transfronteriza.

  • El acceso será ágil, gratuito y en formato electrónico.

Se trabajará para establecer un formato europeo común para la elaboración de informes e historiales médicos.

En Espacio Europeo de Datos Sanitarios serán requisitos obligatorios la interoperabilidad y la seguridad.

Los Estados miembros de la Unión Europea designarán autoridades sanitarias digitales, con el objetivo de poder garantizar estos derechos a la ciudadanía.

Estas autoridades deberán formar parte de una infraestructura digital transfronteriza (MyHealth@EU) que asistirá a los pacientes en el intercambio transfronterizo de sus datos.

Espacio Europeo de Datos Sanitarios en relación con la investigación, la innovación y la elaboración de políticas públicas

El Espacio Europeo de Datos Sanitarios pretende crear un sólido marco normativo para el uso de datos sanitarios con fines de:

  • Investigación, innovación, salud pública, elaboración de políticas y reglamentación.

Los investigadores y las personas que trabajan en la en la innovación, las instituciones públicas o la industria tendrán acceso, bajo condiciones estrictas, a grandes cantidades de datos sanitarios de alta calidad, que serán esenciales para desarrollar medicamentos, vacunas o tratamientos.

Se concederá el acceso a los datos solicitados, pero los fines estarán limitados, se tratará de fines específicos, en entornos cerrados y seguros y sin revelar la identidad de las personas.

El acceso a estos datos se encontrará condicionado a la solicitud de un permiso al organismo estatal de acceso a datos sanitarios.

Los organismos de acceso a los datos sanitarios estarán conectados a la nueva infraestructura descentralizada de la Unión Europea para uso secundario (HealthData@EU), que se creará para apoyar proyectos transfronterizos.

Marco normativo del Espacio Europeo de Datos Sanitarios

El Espacio Europeo de Datos Sanitarios se basa en la normativa contenida en:

  • Reglamento general de protección de datos: REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
  • Propuesta de Ley de Gobernanza de Datos. REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a la gobernanza europea de datos.
  • Propuesta de Ley de Datos. Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre normas armonizadas para un acceso justo a los datos y su utilización.
  • Directiva sobre Ciberseguridad. Directiva (UE) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión.

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