¿Cuánto tarda realmente una empresa en pagar a sus proveedores? El periodo medio de pago a proveedores, conocido como PMP, responde precisamente a esa pregunta. Pero calcularlo correctamente exige algo más que contar los días entre la fecha de una factura y su pago.
El PMP tiene relevancia contable y financiera y, además, está relacionado con las obligaciones de información sobre morosidad. En 2026, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha aclarado cómo deben tratarse algunas situaciones que generaban dudas en la práctica, como las facturas anticipadas, los pagos anticipados, las facturas rectificativas, los pagos parciales o las operaciones procedentes de ejercicios anteriores.
Actualizado en 2026: el ICAC ha publicado nuevos criterios que permiten resolver casos habituales al calcular el periodo medio de pago a proveedores. En esta guía veremos qué operaciones entran en el PMP, desde cuándo cuentan los días y cómo afectan los anticipos o las facturas rectificativas.
¿Qué es el periodo medio de pago a proveedores?
El periodo medio de pago a proveedores es el plazo que transcurre desde la entrega de los bienes o la prestación de los servicios por parte del proveedor hasta el pago material de la operación.
Por tanto, el PMP no se limita a medir cuánto tarda una empresa en pagar una factura desde que la recibe. Lo relevante es cuándo se ha producido realmente la operación comercial.
Idea clave: la fecha de la factura no determina automáticamente el comienzo del PMP. Como regla general, se parte de la recepción de los bienes o de la prestación del servicio.
Además de cumplir una función informativa, este indicador puede resultar útil para analizar la gestión financiera y la tesorería de una empresa. Un PMP elevado puede advertir de periodos de pago más largos, aunque nunca debe interpretarse de forma aislada.
¿Quién está obligado a informar del periodo medio de pago?
La obligación de información sobre el PMP tiene su origen en la Ley 15/2010, de 5 de julio, que modificó la normativa de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Sin embargo, para determinar qué empresas deben incluir actualmente esta información en sus cuentas anuales hay que tener en cuenta también la normativa contable y los criterios posteriores del ICAC.
El ICAC aclaró, tras la aprobación de la Ley 18/2022, que solo las entidades que elaboran la memoria en modelo normal deben incluir expresamente en ella la información sobre su periodo medio de pago a proveedores.
| Tipo de memoria | ¿Debe incluir el PMP expresamente? |
|---|---|
| Modelo normal | Sí. Debe incluir el PMP y la información adicional exigida cuando corresponda. |
| Memoria abreviada o PGC Pymes | No existe la obligación de incluir expresamente el PMP en la memoria, según el criterio del ICAC. |
¿Las pymes están obligadas a informar del periodo medio de pago?
No en la memoria de sus cuentas anuales si elaboran memoria abreviada o aplican el PGC de Pymes. Esta es una de las cuestiones que durante años generó más dudas.
El ICAC resolvió la cuestión en una consulta publicada tras la Ley 18/2022. La Directiva contable europea fija el contenido máximo de información exigible a las pequeñas empresas y el periodo medio de pago no forma parte de esa información obligatoria.
Por ello, el criterio actual diferencia claramente entre las entidades que utilizan el modelo normal de memoria y las pequeñas empresas que pueden formular cuentas abreviadas o acogerse al PGC de Pymes.
Si quieres profundizar en las diferencias entre unos modelos y otros, puedes consultar nuestra guía sobre cuentas anuales normales o abreviadas.
¿Qué información adicional deben aportar determinadas sociedades?
La Ley 18/2022 amplió la información que deben facilitar las entidades que elaboran la memoria en modelo normal.
Además del PMP, deberán informar sobre:
- El volumen monetario de las facturas pagadas dentro del periodo máximo previsto por la normativa de morosidad.
- El número de facturas pagadas dentro de ese periodo.
- El porcentaje que estas facturas representan sobre el número total.
- El porcentaje que representan sobre el importe total de los pagos realizados a proveedores.
¿Cómo se calcula el periodo medio de pago a proveedores?
Para las sociedades que elaboran la memoria en modelo normal, el cálculo del periodo medio de pago combina dos grupos de operaciones:
- Las operaciones que se han pagado durante el ejercicio.
- Las operaciones que permanecen pendientes de pago al cierre.
Ambos elementos se ponderan según su importe. Esto significa que una factura de 20.000 euros influye más en el resultado final que una de 500 euros.
Fórmula del periodo medio de pago a proveedores
(Ratio de operaciones pagadas × importe total de pagos realizados + ratio de operaciones pendientes × importe total pendiente)
÷
(Importe total de pagos realizados + importe total pendiente)
Ratio de operaciones pagadas
Para las operaciones que ya han sido abonadas, se multiplican los días transcurridos hasta el pago por el importe correspondiente a cada operación.
Ratio de operaciones pagadas = Σ (días de pago × importe pagado) / importe total de pagos realizados
Ratio de operaciones pendientes de pago
Para las operaciones que continúan pendientes al final del ejercicio, los días se calculan hasta el último día del periodo al que se refieren las cuentas anuales.
Ratio de operaciones pendientes = Σ (días pendientes × importe pendiente) / importe total pendiente
¿Desde cuándo empiezan a contar los días del PMP?
Como regla general, desde la fecha de recepción de las mercancías o de prestación del servicio.
Este detalle es especialmente importante porque uno de los errores más habituales consiste en utilizar automáticamente la fecha de recepción de la factura.
La normativa establece que la fecha de la factura solo puede utilizarse como fecha inicial en los supuestos expresamente admitidos por la Ley 3/2004.
Ejemplo práctico
La empresa recibe mercancía el 4 de marzo, recibe la factura el 10 de marzo y paga el 30 de marzo. Como regla general, el cómputo comienza el 4 de marzo, porque es cuando se recibe la mercancía.
¿Las facturas anticipadas se incluyen en el cálculo del PMP?
No, si todavía no se han recibido los bienes ni se ha prestado el servicio correspondiente.
El ICAC ha aclarado expresamente este supuesto. Para que una operación entre en el cálculo del periodo medio de pago debe haberse producido la entrega del bien o la prestación del servicio.
Por tanto, recibir una factura por adelantado no basta para considerar que existe ya una operación pendiente de pago a efectos del PMP.
Factura emitida no equivale automáticamente a operación devengada. Si todavía no se ha recibido el bien ni se ha prestado el servicio, la operación no entra aún en el cálculo.
¿Cómo se contabilizan los pagos anticipados al proveedor en el PMP?
Los pagos anticipados sí se tienen en cuenta dentro de las operaciones pagadas. La particularidad es que pueden generar un número de días negativo.
La razón es sencilla: el pago se ha producido antes de recibir el bien o servicio que origina la operación.
Ejemplo: un PMP con días negativos
Pago anticipado al proveedor: 1 de abril.
Servicio recibido: 21 de abril.
Resultado de la operación: -20 días.
Que una operación tenga días negativos no significa que exista un error. Indica simplemente que la empresa pagó al proveedor antes de recibir la correspondiente prestación.
¿Qué ocurre con una factura rectificativa?
Debe utilizarse la deuda efectiva que la empresa mantiene con el proveedor. No necesariamente el importe que figuraba en la factura original.
El ICAC ha aclarado que, cuando existe una factura rectificativa, el importe relevante para el cálculo es el que finalmente corresponda a la deuda real derivada de los bienes o servicios recibidos.
Factura inicial: 12.000 €
Factura rectificativa: -2.000 €
Importe que debe considerarse para el PMP: 10.000 €
¿Cómo afectan los pagos parciales al periodo medio de pago?
Cada pago parcial debe medirse de forma individual. Esta es otra de las cuestiones aclaradas por el ICAC en 2026.
El cálculo se realiza sobre los importes efectivamente pagados. Por tanto, si una misma factura se abona mediante varios pagos realizados en fechas distintas, cada uno debe incorporarse al cálculo con su propio importe y número de días.
Ejemplo
Una factura de 10.000 € se paga mediante un primer abono de 4.000 € y, varios días después, otro de 6.000 €. No se utiliza una única fecha de pago para los 10.000 €. Cada cantidad se pondera de acuerdo con la fecha en que fue efectivamente satisfecha.
¿Qué ocurre con las operaciones pendientes al cierre del ejercicio?
Deben incluirse todas las operaciones que sigan pendientes de pago el último día del ejercicio.
En estos casos, los días se cuentan desde la fecha en que comienza el cómputo hasta el último día del periodo al que se refieren las cuentas anuales.
Ejemplo: una empresa recibe mercancía el 10 de diciembre y mantiene pendiente la factura el 31 de diciembre. La operación deberá computarse entre las pendientes de pago al cierre, aunque finalmente se abone en enero.
¿Y las facturas de ejercicios anteriores pagadas este año?
También entran en el cálculo si el pago material se ha producido durante el ejercicio actual.
En ese caso, los días se computan desde la fecha de inicio correspondiente a la operación hasta la fecha en que se realiza efectivamente el pago, aunque la factura proceda de un ejercicio anterior.
Ejemplo práctico de cálculo del periodo medio de pago
Veamos cómo funciona el cálculo con cuatro operaciones sencillas:
| Operación | Importe | Situación | Días |
|---|---|---|---|
| Factura A | 5.000 € | Pagada | 20 |
| Factura B | 8.000 € | Pagada | 45 |
| Factura C | 3.000 € | Pendiente | 35 |
| Anticipo D | 2.000 € | Pago anticipado | -15 |
1. Calculamos la ratio de operaciones pagadas
En este grupo entran la factura A, la factura B y el anticipo D:
(5.000 × 20 + 8.000 × 45 + 2.000 × -15) / 15.000 = 28,67 días
2. Calculamos las operaciones pendientes
La factura C es la única operación pendiente y acumula 35 días. Por tanto, su ratio es de 35 días.
3. Ponderamos ambas ratios
Al aplicar los importes de las operaciones pagadas y pendientes, obtenemos:
Periodo medio de pago aproximado: 29,72 días
Este ejemplo muestra por qué el PMP no es simplemente una media de días. El importe de cada operación influye en el resultado: cuanto mayor sea su valor, mayor será también su peso en el cálculo.
¿Qué información sobre el PMP debe incluirse en las cuentas anuales?
Las entidades que elaboran la memoria en modelo normal deben incorporar información sobre su periodo medio de pago a proveedores.
En concreto, la información permite conocer:
- El periodo medio de pago a proveedores.
- La ratio de operaciones pagadas.
- La ratio de operaciones pendientes.
- El total de pagos realizados.
- El total de pagos pendientes.
Tras la Ley 18/2022 también deben incluirse, cuando corresponda, datos sobre las facturas abonadas dentro de los plazos establecidos en la normativa de morosidad.
También hay que explicar las circunstancias excepcionales. Si existen situaciones que puedan distorsionar significativamente el PMP obtenido, la sociedad puede aportar información adicional en la memoria para facilitar su interpretación.
El PMP forma parte de un proceso más amplio de elaboración y presentación de información contable. Puedes ampliar esta cuestión en nuestra guía sobre el depósito de cuentas anuales.
¿Qué relación existe entre el PMP y la morosidad?
El periodo medio de pago y la morosidad están relacionados, pero no son lo mismo.
El PMP es un indicador agregado. Resume operaciones de diferentes importes, fechas y plazos en una única cifra. Por eso, un PMP de 45 días no significa que todas las facturas de una empresa hayan sido pagadas exactamente a los 45 días.
Puede ocurrir, por ejemplo, que la mayoría de las operaciones se paguen con rapidez y unas pocas facturas acumulen retrasos muy superiores.
Conviene distinguir: el PMP ofrece una fotografía media de los pagos. Para determinar si existe mora hay que comprobar además el plazo aplicable a cada operación concreta.
Para profundizar en los plazos y consecuencias de los retrasos, puedes consultar nuestro contenido sobre la Ley de Morosidad.
¿Qué significa tener un PMP superior a 60 días?
Un PMP superior a 60 días es una señal que conviene analizar, pero no demuestra por sí solo que todas las facturas incumplan la ley.
La Ley 3/2004 establece un plazo general de pago de 30 días naturales cuando no se haya fijado otro plazo. Las partes pueden pactar uno diferente, pero no puede superar los 60 días naturales.
Por eso hay que distinguir entre dos situaciones:
| Situación | Qué significa |
|---|---|
| PMP global superior a 60 días | Conviene revisar las operaciones, pero el dato medio no permite determinar por sí solo qué facturas han incumplido su plazo. |
| Una operación supera su plazo legal o pactado | Puede existir incumplimiento del plazo de pago y producirse mora. |
También puede ocurrir lo contrario: una empresa puede tener un PMP inferior a 60 días y, sin embargo, mantener determinadas facturas individuales que hayan superado el plazo legal.
Errores frecuentes al calcular el periodo medio de pago
Una parte importante de los errores en el PMP procede de utilizar una fecha incorrecta o de no tratar adecuadamente operaciones especiales. Estos son los más frecuentes:
| Error | Criterio correcto |
|---|---|
| Contar siempre desde la fecha de factura | Como regla general, partir de la recepción del bien o de la prestación del servicio. |
| Incluir una factura anticipada aunque no exista prestación | No incorporarla hasta que se reciba el bien o se preste el servicio. |
| Ignorar los pagos anticipados | Deben considerarse y pueden generar días negativos. |
| Utilizar siempre el importe de la factura original | Si existe rectificación, tomar la deuda efectiva con el proveedor. |
| Agrupar varios pagos parciales | Medir cada pago según su fecha e importe. |
| Olvidar las operaciones pendientes al cierre | Incluir las que continúen pendientes el último día del ejercicio. |
Idea clave: para calcular correctamente el PMP hay que responder a tres preguntas: cuándo se recibió realmente el bien o servicio, qué importe se ha pagado o permanece pendiente y cuántos días corresponden a ese importe.
Preguntas frecuentes sobre el periodo medio de pago a proveedores
Estas son algunas de las dudas más habituales sobre el cálculo y las obligaciones relacionadas con el PMP:






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