Cómo aportar los WhatsApp como prueba en un juicio

cómo aportar los whatsapp como prueba en un juicio

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6/10/2022

Saber cómo aportar los whatsapp como prueba en un juicio se ha convertido en una cuestión cada vez más relevante. En la actualidad, es muy frecuente el uso de las nuevas tecnologías en las conversaciones mediante sistemas de mensajería instantánea.

Esto provoca que se aporten, cada vez, más conversaciones de WhatsApp a un procedimiento judicial para probar alguna situación. ¡Y aquí queremos contarte cómo proceder y cómo aportar los whatsapp como prueba en un juicio! ¿Vamos?

¿Es legal aportar conversaciones de WhatsApp a un proceso judicial?

Resulta legal aportar conversaciones de WhatsApp a un procedimiento judicial, ya que actualmente se almacenan diversos mensajes con información que puede ser de utilidad probar. La dificultad radica en cómo hacer la prueba válida.

Desde hace años, los Tribunales han ido admitiendo que los mensajes de WhatsApp tienen eficacia probatoria y se consideran pruebas documentales auténticas, denominándolas pruebas digitales.

En los siguientes apartados, iremos viendo cómo se puede acreditar la autenticidad de los WhatsApp en un proceso judicial.

Entonces, ¿cómo aportar los WhatsApp como prueba en un juicio?

Las conversaciones de WhatsApp pueden servir como prueba en un juicio siempre y cuando se realicen de determinada forma.

Aportar capturas de pantalla sobre las conversaciones no resulta suficiente para ello. Tampoco es válido que un Notario de fe sobre dichas conversaciones. No se demuestra la validez de los mensajes a no ser que se autentiquen por un perito informático, especializado en la materia.

Validez de la prueba

Esta prueba sería válida si la parte contraria no impugnase la prueba, reconociera los mensajes como auténticos o se comprobase que los mensajes se encuentran igual en ambos dispositivos de las partes.
También sería una prueba válida cuando existiera una prueba pericial que demostrase la autenticidad de los mensajes de WhatsApp.

Sentencias al respecto

Ya se han comenzado a dictar sentencias analizando el valor de la prueba del contenido de las conversaciones de WhatsApp.

La sentencia de la Sala 2ª de lo Penal del Tribunal Supremo, 300/2015 de 19 de mayo, establece en un asunto penal, sobre una conversación de “Tuenti”, lo siguiente: Respecto a la queja sobre la falta de autenticidad del diálogo mantenido por X con X a través del Tuenti, la Sala quiere puntualizar una idea básica.

Y es que la prueba de una comunicación bidireccional mediante cualquiera de los múltiples sistemas de mensajería instantánea debe ser abordada con todas las cautelas. La posibilidad de una manipulación de los archivos digitales mediante los que se materializa ese intercambio de ideas, forma parte de la realidad de las cosas.

El anonimato que autorizan tales sistemas y la libre creación de cuentas con una identidad fingida, hacen perfectamente posible aparentar una comunicación en la que un único usuario se relaciona consigo mismo.”

Además, indica que; “De ahí que la impugnación de la autenticidad de cualquiera de esas conversaciones, cuando son aportadas a la causa mediante archivos de impresión, desplaza la carga de la prueba hacia quien pretende aprovechar su idoneidad probatoria. Será indispensable en tal caso la práctica de una prueba pericial que identifique el verdadero origen de esa comunicación, la identidad de los interlocutores y, en fin, la integridad de su contenido.”

Ideas extraídas de la anterior sentencia

El contenido de los mensajes de WhatsApp y otras redes sociales, puede conformar una prueba a favor de la persona que los aporte en el procedimiento judicial.

Estos mensajes tienen que aportarse mediante archivos de impresión, es decir, tiene que imprimirse el contenido que aparece en el teléfono móvil, ordenador o Tablet donde se haya efectuado la conversación.

Es posible que la prueba aportada con mensajes de WhatsApp se impugne por cuestionar su autenticidad.

Para evitar la impugnación de la prueba, lo ideal es aportarla a través de una prueba pericial, donde el experto (por ejemplo; un perito informático) identifique el origen de la conversación, así como de los interlocutores y su contenido.

De esta manera, la carga de la prueba, según el artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, le corresponde a la persona que quiera probar la autenticidad de esos mensajes.

Además, el Juez será quien valore las conversaciones de WhatsApp con las demás pruebas que se hayan practicado en el procedimiento judicial, teniendo también en cuenta los intereses de las partes ante la prueba de mensajería instantánea, con el objetivo de apreciar los efectos del riesgo de manipulación.

Requisitos para que los mensajes sean válidos

La sentencia analizada anteriormente establece una serie de requisitos para que las conversaciones de WhatsApp tengan validez como prueba en un juicio.

Para conocer cómo aportar los WhatsApp como prueba en un juicio, en primer lugar, los mensajes se tienen que obtener lícitamente. Para que se consideren obtenidos de forma lícita, no pueden vulnerar ningún derecho fundamental, como el derecho a la privacidad, derecho a la intimidad, protección de datos o secreto de las telecomunicaciones.

Los mensajes de la conversación de WhatsApp deben ser auténticos. Serán auténticos cuando no se manipulen, contaminen o alteren.

El contenido de los mensajes se tienen que presentar de manera clara, legible e íntegra.

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Comentarios

  • Agustín (#)
    septiembre 10th, 2023

    Acabo de ganar un juicio con costas en los que el estafador se delató en los audios. Resultando ser evidencias.
    Es la clave para ganar un juicio, las palabras no valen, valen las pruebas.

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