Modelo 115

El modelo 115 es el modelo con el cual se declara a Hacienda las retenciones que se practican en el pago del alquiler de un local o oficina de trabajo en el cual desarrollas tu actividad. 

Todos los modelos 115 quedan resumidos en el modelo anual 180, a su vez, todos los empresarios individuales o sociedades que en el desarrollo de sus actividades comerciales paguen algún alquiler por los locales u oficinas siendo estos inmuebles urbanos. 

A su vez, en el caso de que la persona que arriende el local o comercio sea una persona particular y la retención de IRPF por el arrendamiento de este local no esté específico en la factura, también es necesario aportar el modelo 115. 

Por otra parte, para el alquiler de viviendas que las empresas puedan pagar a los trabajadores de sus empresas, para los arrendamientos financieros en forma de leasing o para los alquileres que no lleguen a superar la cifra de 900 euros anuales y también cuando exista un certificado de exención por parte de Hacienda, no es necesario presentar el Modelo 115. 

El modelo 115 no es nada de complejo de rellenar ya que se compone de solo cinco casillas, en cada una de las casillas se detalla el número de perceptores de las retenciones, las bases de las retenciones y la retención que debe ingresarse. 

A continuación se detalla como se rellena el modelo 115

  • En la casilla 1 hay que indicar el número de empresas o el número de personas a las que se le pagan los alquileres. 
  • En la casilla 2 se especifica la base de las retenciones e ingresos a cuenta, es decir, la cantidad bruta total antes de restarle la retención o sumarle el IVA. 
  • En la casilla 3 se indican las retenciones e ingresos a cuenta. 
  • En la casilla 4 solo se rellenaría si presentamos una declaración complementaria a otra anterior y debe ser por el mismo concepto que correspondiera al mismo ejercicio y el mismo periodo. 
  • Por último, en la casilla cinco se debe indicar el resultado a ingresar. 

El modelo 115 puede presentarse por Internet ya sea con certificado o firma no avanzada o se puede presentar también a través de papel, este papel sí que debe ser realizado por la AEAT en la Sede Electrónica. 

Loa plazos para la presentación son entre los días 1 y 20 incluyendo ambos días y en los meses de abril, julio, octubre y enero. En este caso es por las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan al trimestre anterior natural. 

Y por otra parte para las grandes empresas, la presentación del modelo 115 se realiza entre los días 1 y 20 del siguiente mes al que corresponda la declaración mensual, ambos días, tanto el 1 y el 20 están incluidos dentro del plazo de presentación. En el caso del ingreso del mes de julio, el modelo 115 se presenta en el mes de agosto y los veinte primeros días naturales correspondientes al mes de septiembre. 

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