Declaración censal

La declaración censal es la declaración que da fe del comienzo, de la modificación o del cese de determinada actividad. 


La declaración censal es la herramienta con la que cuentan las personas físicas y las personas jurídicas para comunicar a la Agencia tributaria determinada y diversa información. Por ejemplo, el alta de una nueva actividad económica antes de darle inicio o de llevar a cabo ninguna operación al respecto o de que nazca ninguna obligación de practicar retenciones o hacer ingresos a cuenta. 
Esta declaración censal también sirve para comunicar a Hacienda las modificaciones que pudieran afectar o cambiar la situación tributaria que se comunicara al inicio de la actividad empresarial. Por ejemplo, este trámite se usaría y habría que llevarlo a cabo cuando queramos comunicar que vamos a acogernos al criterio de caja. 


También usaremos la declaración censal para comunicar el cese de una determinada actividad económica, hasta un plazo de un mes desde que se produce dicho cese. Si la causa de dicho cese fuera el fallecimiento del obligado tributario, el plazo pasará a ser de 6 meses desde que fallezca éste. 


La declaración censal es una obligación tributaria para todas las personas físicas y jurídicas que pretendan dar comienzo a una actividad empresarial o profesional dentro del territorio español. 
Esta declaración censal se llevará a cabo a través de la presentación ante hacienda de los modelos 036 ó 037. 


En esta declaración censal deberán de comunicarse ciertos datos como el NIF (Número de Identificación Fiscal), toda la información necesaria y relativa a la actividad empresarial que se va a iniciar, incluida el alta en el Impuesto de Actividades Económicas y la comunicación del régimen de IVA por el que se va a optar, siendo estos, el específico o el régimen general. 


También se deberá comunicar el régimen del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por el que se optará. Podrá ser el régimen de estimación directa (bien sea normal o simplificada) o, por otro lado, el régimen de estimación objetiva
Las formas con las que contaremos para llevar a cabo la comunicación de declaración censal a Hacienda serán bien presenciándonos en cualquier oficina de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, enviando un correo certificado a la AEAT, o bien, mediante el certificado electrónico a través de internet o el PIN en caso de tratarse de personas físicas que no estén obligadas a utilizar el certificado electrónico. 


El modelo 036 y el modelo 037 son prácticamente idénticos. Sólo se presentará uno u otro en función de si quien lo presenta es o no una persona física bajo determinadas condiciones como que tengan NIF y no actúen por medio de representantes, que no estén incluidas en ningún régimen especial de IVA, que no estén inscritas en el registro de devolución mensual, en el de operaciones intracomunitarias o en el de grandes empresas. 


Por último, otras condiciones serán que no satisfagan rendimientos de capital mobiliario, que no tengan la condición de gran empresa o que no realicen ventas a distancia. 

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